Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021062142)
Resolución de 30 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Casa rural y ampliación de instalaciones en el paraje La Seguirilla", cuyo promotor es D. Félix Calle Fernández, en el término municipal de Casas del Castañar (Cáceres). Expte.: IA20/0040.
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NÚMERO 134
Miércoles, 14 de julio de 2021



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— Si durante el desarrollo de la actividad se detectara la presencia de alguna especie
incluida en el Catálogo de Especies Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001,
de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas
de Extremadura, y Decreto 78 /2018, de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies
Amenazadas de Extremadura), y/o en el Catálogo Español de Especies Amenazadas
(Real Decreto 130/2011, de 4 de febrero, para el desarrollo del Listados de Especies
Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies
Amenazadas), que pudiera verse afectada, se paralizará inmediatamente la actividad y se estará a lo dispuesto por el personal técnico de la Dirección General de
Sostenibilidad y el agente del Medio Natural de la zona, previa comunicación de tal
circunstancia.



— Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la Normativa
Urbanística y en la comunicación ambiental municipal, correspondiendo al Ayuntamiento de Casas del Castañar las competencias en estas materias.



— En todo caso, si como consecuencia del desarrollo de la actividad se produjese la degradación física del suelo, la pérdida de vegetación o la contaminación de las aguas
será responsabilidad del propietario, el cual deberá adoptar las medidas correspondientes para la recuperación del medio.



— Antes de comenzar los trabajos se contactará con el Agente de Medio Natural de la
zona a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos. La
conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al Agente de Medio Natural de
la zona, con el fin de comprobar que se han realizado conforme a las condiciones
técnicas establecidas.

b) Medidas en la fase de construcción.


— La zona de obras se jalonará, evitando afectar a terrenos o vegetación aledaña a
las zonas estrictamente necesarias para la ejecución de las obras. Así mismo, los
desbroces y movimientos de tierra se limitarán a lo estrictamente necesario para la
ejecución del proyecto.



— El perfilado de taludes se realizará en su totalidad con tierras procedentes del desmonte, y los sobrantes podrán reutilizarse en la adecuación de los caminos afectados
durante las obras.

— En cuanto a las tierras y piedras de desmonte, en cumplimiento del principio de
jerarquía en la gestión de residuos, se deberá priorizar su reutilización en la propia