Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062043)
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio interadministrativo de cooperación entre la Junta de Extremadura, la Diputación Provincial de Badajoz y la Diputación Provincial de Cáceres, de coordinación y colaboración de políticas en materia de mancomunidades integrales de municipios de Extremadura.
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NÚMERO 134
Miércoles, 14 de julio de 2021

36018

CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COOPERACIÓN ENTRE LA
JUNTA DE EXTREMADURA, LA DLPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ
Y LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES, DE COORDINACIÓN Y
COLABORACIÓN DE POLÍTICAS EN MATERIA DE MANCOMUNIDADES
INTEGRALES DE MUNICIPIOS DE EXTREMADURA
Mérida, 17 de mayo de 2021.
REUNIDOS
De una parte, D. Fernando Blanco Fernández, Secretario General de la Presidencia de la Junta
de Extremadura, en virtud del Decreto 141/2015, de 10 de julio, por el que se dispone su
nombramiento, y facultado para este acto por el Decreto 161/2019, de 29 de octubre (DOE
n.º 214, de 6 de noviembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia
de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, conforme a lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y debidamente autorizado por el Consejo de Gobierno de
la Junta de Extremadura en su sesión del día 12 de mayo de 2021.
De otra parte, el Ilmo. Sr. D. Miguel Ángel Gallardo Miranda, Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, nombrado en Sesión Constitutiva celebrada el 29 de junio de 2019, con
facultades de intervención en este acto en virtud de la competencia que le confiere el Decreto
del Presidente de 16 de abril de 2021.
Y, de otra, el Ilmo. Sr. D. Carlos Carlos Rodríguez, Presidente de la Diputación Provincial de
Cáceres, nombrado en Sesión extraordinaria celebrada el 12 de enero de 2021, con facultades de intervención en este acto en virtud de la competencia que le confiere la Resolución del
Presidente de 02 de marzo de 2021.
MANIFIESTAN
1. Q
 ue la Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencias exclusivas en materia
de régimen local en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.3 y en el Título IV del Estatuto
de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, y que
están atribuidas a la Presidencia de la Junta de Extremadura por el Decreto 161/2019,
de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la
Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura.