Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021062155)
Resolución de 1 de julio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta solar fotovoltaica "El Acoto" e infraestructura de evacuación, cuyo promotor es Jarvis Solar, SL, en el término municipal de Casar de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA20/054.
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NÚMERO 134
Miércoles, 14 de julio de 2021



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2.16 El vallado dispondrá de placas visibles de señalización de 20 por 20 cm para evitar
colisión de avifauna. Serán de color blanco y mates, sin bordes cortantes.



2.17 Se llevará a cabo la construcción de un foso de recogida de aceite bajo los transformadores ubicados en las subestaciones transformadoras; dicho foso estará dimensionado para albergar todo el aceite del transformador en caso de derrame
del mismo y deberá estar impermeabilizado para evitar riesgos de filtración y
contaminación de aguas superficiales y subterráneas.



2.18 Durante la fase de ejecución de las obras será obligatorio un control y seguimiento
arqueológico por parte de técnicos cualificados de todos los movimientos de tierra
en cotas bajo rasante natural en cada uno de los frentes de obra que conlleve la
ejecución del proyecto de referencia. El control arqueológico será permanente y
a pie de obra, y se hará extensivo a todas las obras de construcción, desbroces
iniciales, instalaciones auxiliares, líneas eléctricas asociadas, destoconados, replantes, zonas de acopios, caminos de tránsito y todas aquellas otras actuaciones
que derivadas de la obra generen los citados movimientos de tierra en cotas bajo
rasante natural.



2.19 Si como consecuencia de estos trabajos se confirmara la existencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones derivadas del proyecto de referencia, se procederá a la paralización inmediata de las obras en la
zona de afección, se balizará el área para preservarla de tránsitos, se realizará
una primera aproximación cronocultural de los restos y se definirá la extensión
máxima del yacimiento en superficie. Estos datos serán remitidos mediante informe técnico a la Dirección General de Patrimonio Cultural con copia, en su caso,
al organismo que tuviera delegada esas competencias en función del ámbito de
actuación de la actividad. Una vez recibido, se cursará visita de evaluación con carácter previo a la emisión de informe de necesidad de excavación completa de los
hallazgos localizados conforme a los criterios técnicos y metodológicos descritos
en el informe de afección.



2.20 Los paneles se instalarán, en la medida de lo posible, hincando las estructuras en
el suelo. En los casos en los que sea necesario usar hormigón se hará de forma
localizada en los puntos de anclaje de las estructuras al suelo.



2.21 Los movimientos de tierras serán exclusivamente para los caminos, zanjas de
cableados y para la instalación de los apoyos de la línea aérea. No se realizarán
acondicionamientos del terreno para la instalación de paneles, ni se realizarán
desbroces de la capa de tierra vegetal en áreas de implantación, únicamente se
realizarán desbroces de vegetación, sin decapado de tierra vegetal.