Extremadura Avante Servicios Avanzados A Pymes, Slu. Ferias Y Mercados. Ayudas. (2021AC0047)
Acuerdo de 8 de julio de 2021, del Consejero Delegado, por el que se realiza la convocatoria de las ayudas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la participación agrupada en la Visita Profesional al VI Encuentro Iberoamericano de Turismo Rural (Panamá), Misión Comercial Directa Kazajistán, Misión Comercial Directa Dubai, Misión Comercial Directa Estados Unidos (Miami) y Misión Comercial Directa Cuba, para el ejercicio 2021.
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 134
Miércoles, 14 de julio de 2021
36216
5. A
sí mismo, se publicará la relación de beneficiarios, así como de suplentes, en la web www.
extremaduraavante.es y en el Portal de Transparencia y Participación Ciudadana con el
desglose de la puntuación obtenida, priorizada por orden de puntuación de la solicitud por
cada convocatoria a la que hayan concurrido.
6. L
as renuncias de beneficiarios que se produzcan tras la publicación de la resolución podrán
dar lugar a la incorporación de un nuevo beneficiario.
La resolución por la que se adjudique la suplencia al nuevo beneficiario, será notificada en
el plazo máximo de 20 días desde la notificación de la resolución que declare la renuncia,
siempre y cuando sea posible garantizar a los beneficiarios suplentes el mismo servicio, es
decir que el beneficiario suplente pueda recibir todos los servicios completos y en perfectas
condiciones, especialmente por los plazos habitualmente impuestos por instituciones organizadoras de ferias internacionales y nacionales (inscripciones participantes en la feria,
entrada en catálogos, invitaciones ….), o por el proveedor de servicios en cualquiera de las
acciones de promoción debido a no poder dar un servicio adecuado por esa diferencia de
plazo (decoración, stand, agenda de reuniones, reserva de agencia de viajes….. ).
Para ello se seguirá el orden establecido en la relación de suplentes según la acción de promoción a la que hayan concurrido y el orden de puntuación obtenido, de conformidad con
lo establecido en el artículo 63.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Artículo 12. Modificación de la Resolución.
Darán lugar a la modificación de la resolución de concesión, los cambios de denominación de
la empresa solicitante, conlleve o no cambio de titularidad.
En ningún caso, dicha modificación, podrá suponer un incremento de la cuantía de la ayuda
concedida ni la alteración de su finalidad. El procedimiento para modificar la resolución de
concesión se iniciará de oficio por parte del órgano instructor, bien por iniciativa propia, consecuencia de petición razonada de otros órganos, o bien a instancia de la persona beneficiaria.
Artículo 13. Obligaciones.
1. L
a percepción de la ayuda por parte del beneficiario conlleva el compromiso de cumplir con
las siguientes obligaciones:
a) Realizar las actuaciones de conformidad con la documentación presentada en la solicitud.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"
Miércoles, 14 de julio de 2021
36216
5. A
sí mismo, se publicará la relación de beneficiarios, así como de suplentes, en la web www.
extremaduraavante.es y en el Portal de Transparencia y Participación Ciudadana con el
desglose de la puntuación obtenida, priorizada por orden de puntuación de la solicitud por
cada convocatoria a la que hayan concurrido.
6. L
as renuncias de beneficiarios que se produzcan tras la publicación de la resolución podrán
dar lugar a la incorporación de un nuevo beneficiario.
La resolución por la que se adjudique la suplencia al nuevo beneficiario, será notificada en
el plazo máximo de 20 días desde la notificación de la resolución que declare la renuncia,
siempre y cuando sea posible garantizar a los beneficiarios suplentes el mismo servicio, es
decir que el beneficiario suplente pueda recibir todos los servicios completos y en perfectas
condiciones, especialmente por los plazos habitualmente impuestos por instituciones organizadoras de ferias internacionales y nacionales (inscripciones participantes en la feria,
entrada en catálogos, invitaciones ….), o por el proveedor de servicios en cualquiera de las
acciones de promoción debido a no poder dar un servicio adecuado por esa diferencia de
plazo (decoración, stand, agenda de reuniones, reserva de agencia de viajes….. ).
Para ello se seguirá el orden establecido en la relación de suplentes según la acción de promoción a la que hayan concurrido y el orden de puntuación obtenido, de conformidad con
lo establecido en el artículo 63.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Artículo 12. Modificación de la Resolución.
Darán lugar a la modificación de la resolución de concesión, los cambios de denominación de
la empresa solicitante, conlleve o no cambio de titularidad.
En ningún caso, dicha modificación, podrá suponer un incremento de la cuantía de la ayuda
concedida ni la alteración de su finalidad. El procedimiento para modificar la resolución de
concesión se iniciará de oficio por parte del órgano instructor, bien por iniciativa propia, consecuencia de petición razonada de otros órganos, o bien a instancia de la persona beneficiaria.
Artículo 13. Obligaciones.
1. L
a percepción de la ayuda por parte del beneficiario conlleva el compromiso de cumplir con
las siguientes obligaciones:
a) Realizar las actuaciones de conformidad con la documentación presentada en la solicitud.
Fondo Europeo de Desarrollo Regional
"Una manera de hacer Europa"