Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Suplencia. (2021062199)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se establece el régimen de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
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NÚMERO 133
35810
Martes, 13 de julio de 2021
3. Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias.
4. Dirección General de Accesibilidad y Centros.
5. D
irección Gerencia del Ente Público Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía
y Atención a la Dependencia.
6. Dirección General del Instituto de Consumo de Extremadura.
Octavo. Lo dispuesto en la presente resolución no implicará alteración del régimen de competencias ni afectará a las delegaciones de competencias vigentes, produciendo los actos del
suplente los mismos efectos jurídicos que si hubieran sido dictados por la persona titular del
órgano que, originariamente o por delegación, venía ejerciendo la competencia.
Noveno. Los actos y resoluciones administrativas acordados en virtud de lo dispuesto en la
presente resolución deberán hacer constar que se adoptan por suplencia, indicando expresamente esta circunstancia, anteponiéndose a la firma la expresión “por suplencia” o su forma
habitual de abreviatura, seguida de la fecha de esta resolución y la del Diario Oficial de Extremadura en que se hubiere publicado.
Décimo. El régimen de suplencias previsto en la presente resolución operará igualmente en
los supuestos en los que haya sido declarada la abstención o recusación de la persona titular
del órgano por las causas previstas en la ley.
Decimoprimero. Dejar sin efecto la Resolución de 6 de agosto de 2019, de la Vicepresidencia
Segunda y Consejero, por la que se establece el régimen de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Decimosegundo. La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 17 de junio de 2021.
El Vicepresidente Segundo y Consejero
de Sanidad y Servicios Sociales,
JOSÉ MARÍA VERGELES BLANCA
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35810
Martes, 13 de julio de 2021
3. Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y Familias.
4. Dirección General de Accesibilidad y Centros.
5. D
irección Gerencia del Ente Público Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía
y Atención a la Dependencia.
6. Dirección General del Instituto de Consumo de Extremadura.
Octavo. Lo dispuesto en la presente resolución no implicará alteración del régimen de competencias ni afectará a las delegaciones de competencias vigentes, produciendo los actos del
suplente los mismos efectos jurídicos que si hubieran sido dictados por la persona titular del
órgano que, originariamente o por delegación, venía ejerciendo la competencia.
Noveno. Los actos y resoluciones administrativas acordados en virtud de lo dispuesto en la
presente resolución deberán hacer constar que se adoptan por suplencia, indicando expresamente esta circunstancia, anteponiéndose a la firma la expresión “por suplencia” o su forma
habitual de abreviatura, seguida de la fecha de esta resolución y la del Diario Oficial de Extremadura en que se hubiere publicado.
Décimo. El régimen de suplencias previsto en la presente resolución operará igualmente en
los supuestos en los que haya sido declarada la abstención o recusación de la persona titular
del órgano por las causas previstas en la ley.
Decimoprimero. Dejar sin efecto la Resolución de 6 de agosto de 2019, de la Vicepresidencia
Segunda y Consejero, por la que se establece el régimen de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Decimosegundo. La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 17 de junio de 2021.
El Vicepresidente Segundo y Consejero
de Sanidad y Servicios Sociales,
JOSÉ MARÍA VERGELES BLANCA
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