Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transporte De Viajeros. Subvenciones. (2021061950)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera, para el año 2021.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021

35956

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
RESOLUCIÓN de 17 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que
se aprueba la convocatoria pública de concesión de subvenciones destinadas
al fomento de la movilidad mediante el transporte público regular de uso
general de viajeros por carretera, para el año 2021. (2021061950)
El objetivo de garantizar un nivel de calidad adecuado en la satisfacción de las necesidades
de desplazamiento de la población extremeña, conlleva la exigencia de configurar un sistema
de transporte moderno, sostenible medioambientalmente y eficaz, a partir de un régimen
de ayudas que, por una parte, incentive la utilización por la ciudadanía de los medios de
transporte colectivo, y, por otra, sea medida de protección de determinados grupos sociales,
merecedores, por sus circunstancias económicas, laborales, familiares o personales, de una
específica atención pública solidaria.
El fomento de la utilización del transporte colectivo por la ciudadanía destinataria de las
ayudas, y, concretamente, el transporte público regular de uso general de viajeros por carretera, ostenta un significado fundamental desde la óptica de la movilidad o conjunto de
desplazamientos que las personas usuarias pueden realizar por diferentes motivos (laborales,
sanitarios, sociales, culturales, formativos,...), al alzarse como alternativa medioambiental
sostenible frente al transporte particular.
Por otra parte, el apoyo económico, a las personas beneficiarias de las subvenciones objeto
de la presente convocatoria, está orientado a reducir el coste que para ellas representa el
desplazamiento en los vehículos adscritos a las líneas de transporte regular de uso general,
contribuyendo la ayuda a disminuir el precio de adquisición del billete.
En otro orden, la aplicación de las subvenciones a la movilidad requiere la imprescindible colaboración de las empresas prestadoras de los servicios de transporte, que sean titulares del
correspondiente contrato de concesión de servicios.
Por Decreto 83/2017, de 13 de junio (DOE n.º 116, de 19 de junio), se establecen las bases
reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de la movilidad mediante el transporte
público regular de uso general de viajeros por carretera.
El artículo 29.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, dada la remisión que efectúa al
artículo 23.1 del mismo texto, dispone que el procedimiento de concesión de las subvenciones
se iniciará mediante convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaría general
competente, previa autorización del Consejo de Gobierno cuando la convocatoria supere la
cuantía de 600.000 euros.