Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2021040099)
Decreto 83/2021, de 7 de julio, por el que se establece el currículo del título de Técnico en Video Disc-jockey y Sonido en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
60 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 133

35653

Martes, 13 de julio de 2021

Asimismo, el artículo 7 del citado real decreto establece que el perfil profesional de los títulos
incluirá la competencia general, las competencias profesionales, personales y sociales, las
cualificaciones y, en su caso, las unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
Por Real Decreto 556/2012, de 23 de marzo, se establece el título de Técnico en Vídeo Discjockey y Sonido y se fijan los aspectos básicos del currículo. La competencia general que se
le atribuye a este título consiste en realizar sesiones de animación musical y visual en vivo y
en directo y efectuar la captación, mezcla directa, grabación y reproducción de sonido en todo
tipo de proyectos sonoros.
En virtud de todo lo cual, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura y del Consejo de
Formación Profesional de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Empleo,
previa deliberación el Consejo de Gobierno en su sesión de 7 de julio de 2021,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
El presente decreto tiene por objeto establecer el currículo correspondiente al título de Técnico en vídeo disc-jockey y sonido en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 2. Marco general de la formación.
Los aspectos relativos a la identificación del título, el perfil y el entorno profesionales, las
competencias, la prospectiva del título en el sector, los objetivos generales, los accesos y
vinculación con otros estudios, la correspondencia de módulos profesionales con las unidades
de competencia incluidas en el título y las titulaciones equivalentes a efectos académicos,
profesionales y de docencia, son los que se definen en el Real Decreto 556/2012, de 23 de
marzo, por el que se establece el título de Técnico en vídeo disc-jockey y sonido y se fijan los
aspectos básicos del currículo. (BOE núm. 93, de 18 de abril).
Artículo 3. Módulos profesionales.
Los módulos profesionales que constituyen el ciclo formativo son los siguientes:
1. Los incluidos en el Real Decreto 556/2012, de 23 de marzo, es decir:
1298. Instalación y montaje de equipos de sonido.
1299. Captación y grabación de sonido.