Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Consejo Extremeño De Emprendimiento Y Pyme. (2021040098)
Decreto 82/2021, de 7 de julio, por el que se crea y regula el Consejo Extremeño de Emprendimiento y de la Pequeña y Mediana Empresa.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021
35648
d. R
edactar las actas de las sesiones.
e. Expedir, con el visto bueno de la Presidencia, las certificaciones del contenido de las
actas.
f. A
rchivar y custodiar toda la información y documentación relativa al Consejo.
g. L
levar a cabo la adecuada tramitación de las decisiones del Consejo.
h. Recopilar y elaborar información para facilitar la toma de decisiones por el Pleno del
Consejo.
i. Aquellas funciones que expresamente le encomiende la Presidencia.
Artículo 7. Funciones de las vocalías.
Corresponden a las vocalías del Consejo Extremeño del Emprendimiento y la PYME:
a. Asistir con voz y voto a las sesiones, así como expresar el sentido de éste y los motivos
que lo justifican.
b. P
roponer cuestiones que no estén incluidas en el orden del día de las sesiones.
c. Participar en las sesiones.
d. F
ormular ruegos y preguntas.
Artículo 8. Funcionamiento del Consejo Extremeño del Emprendimiento y de la PYME.
El Consejo Extremeño del Emprendimiento y la PYME funcionará en Pleno y, en su caso, en
Grupos de Trabajo.
Artículo 9. El Pleno del Consejo.
1. E
l Pleno del Consejo estará integrado por la Presidencia, Vicepresidente y por el resto de
las personas miembros del artículo 2.
2. L
as convocatorias, las sesiones y la adopción de acuerdos se regirá por lo dispuesto para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Artículo 10. Funciones del Pleno.
Son funciones del Pleno del Consejo las siguientes:
a. Actuar como órgano consultivo y asesor de materias que afecten a las PYME.
Martes, 13 de julio de 2021
35648
d. R
edactar las actas de las sesiones.
e. Expedir, con el visto bueno de la Presidencia, las certificaciones del contenido de las
actas.
f. A
rchivar y custodiar toda la información y documentación relativa al Consejo.
g. L
levar a cabo la adecuada tramitación de las decisiones del Consejo.
h. Recopilar y elaborar información para facilitar la toma de decisiones por el Pleno del
Consejo.
i. Aquellas funciones que expresamente le encomiende la Presidencia.
Artículo 7. Funciones de las vocalías.
Corresponden a las vocalías del Consejo Extremeño del Emprendimiento y la PYME:
a. Asistir con voz y voto a las sesiones, así como expresar el sentido de éste y los motivos
que lo justifican.
b. P
roponer cuestiones que no estén incluidas en el orden del día de las sesiones.
c. Participar en las sesiones.
d. F
ormular ruegos y preguntas.
Artículo 8. Funcionamiento del Consejo Extremeño del Emprendimiento y de la PYME.
El Consejo Extremeño del Emprendimiento y la PYME funcionará en Pleno y, en su caso, en
Grupos de Trabajo.
Artículo 9. El Pleno del Consejo.
1. E
l Pleno del Consejo estará integrado por la Presidencia, Vicepresidente y por el resto de
las personas miembros del artículo 2.
2. L
as convocatorias, las sesiones y la adopción de acuerdos se regirá por lo dispuesto para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Artículo 10. Funciones del Pleno.
Son funciones del Pleno del Consejo las siguientes:
a. Actuar como órgano consultivo y asesor de materias que afecten a las PYME.