Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Personal Estatutario. (2021040097)
Decreto 81/2021, de 7 de julio, por el que se regula el sistema de selección de personal estatutario y de provisión de plazas básicas, singularizadas y de jefaturas de unidad del Organismo Autónomo, Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021

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3. L
 as personas aspirantes que opten por acogerse al turno de reserva de plazas para personas con discapacidad deben hacerlo constar en su solicitud, pudiendo indicar en la misma
las adaptaciones que, en su caso, precisen para la realización de las pruebas, las cuales no
podrán desvirtuar su carácter.
4. S
 i en el transcurso del proceso selectivo se llegara a tener conocimiento que alguno de los
aspirantes carece del requisito necesario para participar por el turno de reserva a personas
con discapacidad, se procederá, previa audiencia y conformidad de la persona interesada,
a su inclusión en el sistema de acceso libre, si reuniese los requisitos para ello.
Artículo 17. Listados de personas admitidas y excluidas.
1. F
 inalizado el plazo de presentación de instancias, la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos Generales del Servicio Extremeño de Salud dictará resolución declarando
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión y el plazo de subsanación de defectos. En dicha resolución, que deberá publicarse
en el Diario Oficial de Extremadura se indicará el modo de exposición al público de las listas
provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo no inferior a diez
días hábiles para la subsanación de errores y reclamaciones.
Asimismo, aquellos aspirantes que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en el mismo plazo. Los aspirantes que dentro del plazo
señalado no subsanen el defecto que motivó su exclusión o no presenten reclamación justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo. Será insubsanable la presentación de la instancia fuera del plazo.
2. U
 na vez finalizado el plazo expresado en el apartado anterior, se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos
Generales del Servicio Extremeño de Salud por la que se aprueba la relación definitiva de
admitidos y excluidos, indicándose los motivos de exclusión. Esta resolución indicará el
modo de exposición al público de las listas definitivas y hará constar la fecha, lugar y hora
del comienzo de las pruebas, salvo que la convocatoria expresamente determine otra cosa.
Los escritos presentados por los aspirantes para subsanar el defecto que haya motivado su
exclusión u omisión en la relación provisional de admitidos y excluidos se entenderán contestados con la publicación de la resolución por la que se aprueban las listas definitivas de
admitidos y excluidos. Esta publicación servirá de notificación a las personas interesadas.
El hecho de figurar en la relación definitiva de admitidos no supone que se reconozca a los
aspirantes el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.