Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040093)
Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021

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6. Órgano competente para la ordenación, instrucción y resolución.
La ordenación e instrucción del procedimiento corresponderá al Servicio de Calidad Ambiental
y Cambio Climático de la Dirección General con competencias en materia de sostenibilidad
ambiental.
Será órgano competente para la resolución del procedimiento, la Secretaría General de la
Consejería con competencias en sostenibilidad ambiental.
7. Plazo de resolución y notificación.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el
día siguiente a la finalización del plazo para presentación de solicitudes. La falta de notificación de resolución expresa dentro del plazo máximo para resolver, legitima a los interesados
para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo
La resolución que ponga fin al procedimiento contendrá el solicitante y/o relación de solicitantes a los que se concede la subvención, la actividad subvencionada, las obligaciones impuestas a la entidad beneficiaria y las menciones de identificación y publicidad, debiendo hacerse
constar, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes, la cantidad de la
ayuda otorgada e indicándose las consecuencias derivadas del incumplimiento de las mismas.
Las subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana, en
cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se
imputen, la entidad beneficiaria, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención,
todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, igualmente se indicarán, las
menciones de identificación y publicidad del Fondo FEDER.
Las resoluciones del procedimiento de concesión no agotan la vía administrativa y contra ellas
podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que
tenga lugar la notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre. Si el acto no fuera expreso, el solicitante podrá interponer recurso de alzada
en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del
silencio administrativo.