Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040093)
Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021

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5. L
 os distintivos anunciadores citados deberán colocarse en lugar visible y permanecer instalados, según lo indicado, desde el inicio de las inversiones o recepción de la resolución
individual de concesión y hasta la finalización del período de mantenimiento de la actividad
y de la inversión.
6. J unto a la resolución individual de concesión, el titular de la Dirección General comunicará
a la entidad beneficiaria las medidas a adoptar en aras al cumplimiento de las normas de
información y publicidad indicadas, así como los medios y características de los carteles o
distintivo adhesivo en su caso, lugares donde deberán colocar estos para que sean visibles
y la permanencia de los mismos.
Disposición adicional única. Primera convocatoria.
1. Objeto.
Aprobar la primera convocatoria de las subvenciones públicas destinadas a la administración
local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como sus anexos.
Esta primera convocatoria se financia exclusivamente mediante el Programa Operativo FEDER
Extremadura 2014-2020, por lo que le serán de aplicación las normas establecidas en las
anteriores bases y los reglamentos comunitarios de aplicación.
2. Beneficiarios.
1. T
 endrán la consideración de entidad beneficiaria los municipios, entidades locales menores, mancomunidades de municipios, las diputaciones provinciales, así como los consorcios supra municipales de prestación de servicios de recogida y transporte de residuos
municipales, que tengan personalidad jurídica propia y actúen como representantes de
un municipio o mancomunidad en virtud al acuerdo de delegación de competencias,
dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que reúnan los requisitos para obtener la condición de beneficiarios, a los que se hace referencia en el artículo
6 de presente decreto.
2. E
 n el caso de que la entidad solicitante fuese una mancomunidad de municipios, la misma deberá cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de Mancomunidades y Entidades Locales Menores de Extremadura.
3. Convocatoria por líneas y financiación de las ayudas.
Mediante la presente disposición adicional se convocan las siguientes ayudas por línea de
financiación:
Línea 1. Ayudas para la implantación de la recogida separada de la fracción orgánica, la
separada de envases, la separada de papel y cartón, la separada de vidrio y fracción resto