Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2021040093)
Decreto 79/2021, de 30 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la administración local para actuaciones encaminadas a mejorar la gestión de residuos municipales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.
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NÚMERO 133
Martes, 13 de julio de 2021
35730
3. S
e discriminará positivamente a los solicitantes que presenten mejores estadísticas en
2019 de recogida separada de papel-cartón. Se valorará la recogida separada, por habitante y año, asignando la mayor puntuación al municipio o mancomunidad con mejor
ratio y proporcionalmente al resto. Hasta un total de 20 puntos, conforme a la fórmula
siguiente: Puntos asignados=Ratio en % de selectiva del municipio de la solicitudx20Ptos/Mayor ratio de selectiva en % de entre todas las solicitudes.
4. S
e discriminará positivamente a los solicitantes que presenten mejores estadísticas en
2019 de recogida separada de vidrio. Se valorará la recogida separada, por habitante
y año, asignando la mayor puntuación al municipio o mancomunidad con mejor ratio y
proporcionalmente al resto. Hasta un total de 20 puntos, conforme a la fórmula siguiente: Puntos asignados=Ratio en % de selectiva del municipio de la solicitudx20Ptos/
Mayor ratio de selectiva en % de entre todas las solicitudes.
2. P
ara la valoración de agrupaciones de municipios se realizará la suma de la población atendida y la media aritmética de las estadísticas de recogida separada, de los municipios que
formen la agrupación.
Artículo 14. Resolución.
1. S
erá órgano competente para la resolución del procedimiento, la Secretaría General de la
Consejería con competencias en sostenibilidad ambiental. El plazo máximo para resolver y
notificar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente a la finalización del
plazo para presentación de solicitudes. La falta de notificación de resolución expresa dentro
del plazo máximo para resolver, legitima a los interesados para entender desestimada su
solicitud por silencio administrativo
2. L
a resolución que ponga fin al procedimiento contendrá el solicitante y/o relación de solicitantes a los que se concede la subvención, la actividad subvencionada, las obligaciones
impuestas a la entidad beneficiaria y las menciones de identificación y publicidad, debiendo
hacerse constar, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes, la cantidad de la ayuda otorgada e indicándose las consecuencias derivadas del incumplimiento
de las mismas.
3. L
as subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana,
en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de
Extremadura, con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que
se imputen, la entidad beneficiaria, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Martes, 13 de julio de 2021
35730
3. S
e discriminará positivamente a los solicitantes que presenten mejores estadísticas en
2019 de recogida separada de papel-cartón. Se valorará la recogida separada, por habitante y año, asignando la mayor puntuación al municipio o mancomunidad con mejor
ratio y proporcionalmente al resto. Hasta un total de 20 puntos, conforme a la fórmula
siguiente: Puntos asignados=Ratio en % de selectiva del municipio de la solicitudx20Ptos/Mayor ratio de selectiva en % de entre todas las solicitudes.
4. S
e discriminará positivamente a los solicitantes que presenten mejores estadísticas en
2019 de recogida separada de vidrio. Se valorará la recogida separada, por habitante
y año, asignando la mayor puntuación al municipio o mancomunidad con mejor ratio y
proporcionalmente al resto. Hasta un total de 20 puntos, conforme a la fórmula siguiente: Puntos asignados=Ratio en % de selectiva del municipio de la solicitudx20Ptos/
Mayor ratio de selectiva en % de entre todas las solicitudes.
2. P
ara la valoración de agrupaciones de municipios se realizará la suma de la población atendida y la media aritmética de las estadísticas de recogida separada, de los municipios que
formen la agrupación.
Artículo 14. Resolución.
1. S
erá órgano competente para la resolución del procedimiento, la Secretaría General de la
Consejería con competencias en sostenibilidad ambiental. El plazo máximo para resolver y
notificar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente a la finalización del
plazo para presentación de solicitudes. La falta de notificación de resolución expresa dentro
del plazo máximo para resolver, legitima a los interesados para entender desestimada su
solicitud por silencio administrativo
2. L
a resolución que ponga fin al procedimiento contendrá el solicitante y/o relación de solicitantes a los que se concede la subvención, la actividad subvencionada, las obligaciones
impuestas a la entidad beneficiaria y las menciones de identificación y publicidad, debiendo
hacerse constar, de manera expresa, la desestimación del resto de las solicitudes, la cantidad de la ayuda otorgada e indicándose las consecuencias derivadas del incumplimiento
de las mismas.
3. L
as subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura, en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y en el Portal Electrónico de la Transparencia y la Participación Ciudadana,
en cumplimiento del artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de
Extremadura, con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que
se imputen, la entidad beneficiaria, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.