Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062026)
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa entre la Universidad de Salamanca y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura para la realización de prácticas académicas externas.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 132
35426
Lunes, 12 de julio de 2021
dependencia y accesibilidad universal, así como las de infancia y familia, servicios sociales,
migraciones, prestaciones sociales y las de consumo atribuidas a la anterior Consejería de
Sanidad y Políticas Sociales.
Tres. Que es voluntad de las partes colaborar en la formación práctica de los estudiantes a
través de prácticas académicas externas cuyo objetivo es contribuir a una formación integral
de los estudiantes de la Universidad de Salamanca, complementando los conocimientos adquiridos en su formación académica y favoreciendo la adquisición de competencias que les
preparen para el ejercicio de actividades profesionales, a través del conocimiento del funcionamiento de una empresa o institución, sus métodos de trabajo y organización.
Cuatro: Que las partes, al amparo del artículo 7 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio,
que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y de acuerdo
con lo establecido en el Reglamento de Prácticas Académicas Externas de la Universidad de
Salamanca, acordado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 30 de mayo de 2013, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Finalidad: Este convenio tiene por objeto regular las condiciones en que estudiantes matriculados en la Universidad de Salamanca realizarán prácticas académicas externas,
curriculares y extracurriculares, de cualquier enseñanza impartida por la Universidad de Salamanca tanto oficiales como propias. Este convenio dará cobertura a todas las prácticas que los
estudiantes de la Universidad de Salamanca realicen en cualquiera de los centros, servicios,
delegaciones etc. dependientes orgánicamente de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura.
Segunda. Duración de las prácticas: Las prácticas externas curriculares tendrán la duración
que establezca el plan de estudios correspondiente y las prácticas externas extracurriculares
tendrán una duración no superior al cincuenta por ciento del curso académico correspondiente.
Tercera. Programa formativo (detalles de las prácticas): La colaboración de este convenio
se concretará en un Proyecto Formativo por estudiante, de acuerdo con el modelo que consta
como documento anexo, y será firmado por la persona designada por el centro académico
responsable de la titulación implicada, el estudiante y la persona designada por la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura.
De conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio,
que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, en relación
con el artículo 7.2 del Reglamento de Prácticas Académicas Externas de la Universidad de
35426
Lunes, 12 de julio de 2021
dependencia y accesibilidad universal, así como las de infancia y familia, servicios sociales,
migraciones, prestaciones sociales y las de consumo atribuidas a la anterior Consejería de
Sanidad y Políticas Sociales.
Tres. Que es voluntad de las partes colaborar en la formación práctica de los estudiantes a
través de prácticas académicas externas cuyo objetivo es contribuir a una formación integral
de los estudiantes de la Universidad de Salamanca, complementando los conocimientos adquiridos en su formación académica y favoreciendo la adquisición de competencias que les
preparen para el ejercicio de actividades profesionales, a través del conocimiento del funcionamiento de una empresa o institución, sus métodos de trabajo y organización.
Cuatro: Que las partes, al amparo del artículo 7 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio,
que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, y de acuerdo
con lo establecido en el Reglamento de Prácticas Académicas Externas de la Universidad de
Salamanca, acordado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 30 de mayo de 2013, acuerdan suscribir el presente convenio con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Finalidad: Este convenio tiene por objeto regular las condiciones en que estudiantes matriculados en la Universidad de Salamanca realizarán prácticas académicas externas,
curriculares y extracurriculares, de cualquier enseñanza impartida por la Universidad de Salamanca tanto oficiales como propias. Este convenio dará cobertura a todas las prácticas que los
estudiantes de la Universidad de Salamanca realicen en cualquiera de los centros, servicios,
delegaciones etc. dependientes orgánicamente de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura.
Segunda. Duración de las prácticas: Las prácticas externas curriculares tendrán la duración
que establezca el plan de estudios correspondiente y las prácticas externas extracurriculares
tendrán una duración no superior al cincuenta por ciento del curso académico correspondiente.
Tercera. Programa formativo (detalles de las prácticas): La colaboración de este convenio
se concretará en un Proyecto Formativo por estudiante, de acuerdo con el modelo que consta
como documento anexo, y será firmado por la persona designada por el centro académico
responsable de la titulación implicada, el estudiante y la persona designada por la Consejería
de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura.
De conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio,
que regula las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, en relación
con el artículo 7.2 del Reglamento de Prácticas Académicas Externas de la Universidad de