Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062025)
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Sociedad Española de Estudios Clásicos para subvencionar la organización y el desarrollo de la XV Olimpiada de Lenguas Clásicas.
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NÚMERO 132
35416
Lunes, 12 de julio de 2021
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO DE LA
JUNTA DE EXTREMADURA Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ESTUDIOS
CLÁSICOS PARA SUBVENCIONAR LA ORGANIZACIÓN Y EL DESARROLLO
DE LA XV OLIMPIADA DE LENGUAS CLÁSICAS.
Mérida, 4 de junio de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Amaya Flores, Secretario General de Educación
de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue
nombrado por Decreto del Presidente 30/2020, de 2 de julio (DOE núm. 128, de 3 de julio),
en el ejercicio de las competencias delegadas por Resolución de 13 de noviembre de 2019, de
la Secretaría General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma
(DOE núm. 223, de 19 de noviembre).
De otra, D. Jesús de la Villa Polo, con D.N.I. ***81.36**, Presidente de la Sociedad Española
de Estudios Clásicos, con N.I.F. G28715704, haciendo uso de la autorización que le confiere
el artículo 12 de los Estatutos de dicha Sociedad.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que el artículo 10.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura
establece que “Corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia de
desarrollo legislativo y ejecución de la educación y enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control
de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las
actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
2. Q
ue la Sociedad Española de Estudios Clásicos (S.E.E.C.) tiene entre sus fines la promoción
y difusión de los estudios clásicos en todos los aspectos, literarios, lingüísticos, históricos,
filosóficos, didácticos, etc., incluidos el humanismo y la tradición clásica desde la Edad
Media hasta nuestros días, que por su propia naturaleza son de carácter filantrópico, y la
colaboración con las instituciones nacionales y extranjeras que cultiven o fomenten estos
mismos estudios.
3. Que desde el año 2008, fecha en que suscribieron el primer convenio, la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Sociedad Española de Estudios Clásicos,
colaboran para desarrollar las olimpiadas de lenguas clásicas y mundo clásico.
35416
Lunes, 12 de julio de 2021
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO DE LA
JUNTA DE EXTREMADURA Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ESTUDIOS
CLÁSICOS PARA SUBVENCIONAR LA ORGANIZACIÓN Y EL DESARROLLO
DE LA XV OLIMPIADA DE LENGUAS CLÁSICAS.
Mérida, 4 de junio de 2021.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Amaya Flores, Secretario General de Educación
de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue
nombrado por Decreto del Presidente 30/2020, de 2 de julio (DOE núm. 128, de 3 de julio),
en el ejercicio de las competencias delegadas por Resolución de 13 de noviembre de 2019, de
la Secretaría General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma
(DOE núm. 223, de 19 de noviembre).
De otra, D. Jesús de la Villa Polo, con D.N.I. ***81.36**, Presidente de la Sociedad Española
de Estudios Clásicos, con N.I.F. G28715704, haciendo uso de la autorización que le confiere
el artículo 12 de los Estatutos de dicha Sociedad.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Que el artículo 10.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura
establece que “Corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia de
desarrollo legislativo y ejecución de la educación y enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control
de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las
actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
2. Q
ue la Sociedad Española de Estudios Clásicos (S.E.E.C.) tiene entre sus fines la promoción
y difusión de los estudios clásicos en todos los aspectos, literarios, lingüísticos, históricos,
filosóficos, didácticos, etc., incluidos el humanismo y la tradición clásica desde la Edad
Media hasta nuestros días, que por su propia naturaleza son de carácter filantrópico, y la
colaboración con las instituciones nacionales y extranjeras que cultiven o fomenten estos
mismos estudios.
3. Que desde el año 2008, fecha en que suscribieron el primer convenio, la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Sociedad Española de Estudios Clásicos,
colaboran para desarrollar las olimpiadas de lenguas clásicas y mundo clásico.