Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062036)
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura y la Federación Extremeña de Asociaciones de Personas Sordas (FEXAS) para la ejecución del proyecto "SVISUAL" (videointerpretación para personas sordas o con discapacidad auditiva) en materia de atención de urgencias y emergencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 132
Lunes, 12 de julio de 2021

35451

Quinta. Publicidad.
1. L
 as partes firmantes del presente convenio de colaboración deberán asegurar la publicidad
de la contribución financiera comunitaria en la ejecución de las intervenciones cofinanciadas en el marco del proyecto en cumplimiento de las disposiciones reglamentarias y, en
particular, del Reglamento (UE) N.º 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de
17 de diciembre de 2013.
2. Asimismo, el presente convenio de colaboración estará sujeto al régimen de publicidad
exigido por el artículo 10 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura (BOE núm. 136, de 7 de junio), y el artículo 46 de la Ley 1/2020, de 31 de enero,
de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2020 (DOE
núm. 22, de 3 de febrero).
Sexta. Comisión de Seguimiento.
1. Se constituye una Comisión de Seguimiento con el objeto de dar respuesta a las cuestiones
que se susciten en relación con el seguimiento y desarrollo del convenio de colaboración.
2. Dicha Comisión estará compuesta por:
a) Presidencia: la persona titular de la Dirección General de Emergencias, Protección Civil
e Interior de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio (Junta
de Extremadura).
b) Secretaría: el titular de la Jefatura de Servicio de Protección Civil.
c) Vocales:


— Un representante de la Federación Extremeña de Asociaciones de Personas Sordas.

— La persona titular de la Dirección del Centro de Urgencias y Emergencias 112 de
Extremadura.
3. E
 n todo caso, será función de la Comisión de Seguimiento la emisión de las certificaciones
acreditativas del correcto desarrollo de las actuaciones objeto del convenio, y en particular
las establecidas en la cláusula tercera.