Consejería De Igualdad Y Portavocía. Acción Social. Subvenciones. (2021062172)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a la Asociación Médicos del Mundo para la realización del proyecto "Escuela de formación de agentes de cambio frente a las violencias de género" en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
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NÚMERO 132

35501

Lunes, 12 de julio de 2021

y combatir la discriminación entre mujeres y hombres, así como el desarrollo de medidas y
acciones dirigidas a erradicar la violencia de género,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
Es objeto de esta resolución la concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a favor de la Asociación Médicos del Mundo, con CIF G79408852, para la realización del
Proyecto “Escuela de Formación de Agentes de Cambio frente a las Violencias de Género”,
durante el 2021. Este proyecto se enmarca dentro del Pacto de Estado contra la violencia de
género, en concreto, desarrollando medidas contempladas en los Ejes 2 y 5.
Segundo. Régimen jurídico.
El régimen jurídico aplicable a las subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura será, en el marco de la legislación básica del Estado,
la Ley 6/2011, 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura; la
Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura; la Ley 1/2021, de
3 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el
año 2021 y por las disposiciones administrativas que desarrollen estas leyes así como por las
restantes normas de derecho administrativo que por razón de la materia le sea de aplicación.
Tercero. Proyecto.
La ejecución de las actividades objeto de la subvención, se ajustarán al contenido del
proyecto presentado, que la entidad aporta y que consta en el expediente administrativo
correspondiente.
Toda modificación que se pretenda llevar a cabo en dicho proyecto, deberá ser comunicada
previamente a la Consejería de Igualdad y Portavocía, para su autorización por escrito, si procede. Sin dicha autorización, no podrán llevarse a cabo las modificaciones propuestas.
Cuarto. Medios a emplear.
La entidad beneficiaria podrá contratar, con cargo al presente proyecto, conforme a la legislación vigente y con carácter temporal, personal (especializado, colaborador, administrativo,
becario, etc.) para adscribirlo al cumplimiento de las tareas comprometidas, y que se desarrollarán con arreglo al propio plan de trabajo y con empleo de los medios que a él se adscriban,
ateniéndose a las normas generales de funcionamiento interno que al efecto se estipulen.