Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Trámites Telemáticos. (2021080926)
Anuncio de 2 de julio de 2021 por el que se realiza la convocatoria pública para la adquisición de la condición de entidad colaboradora en los trámites telemáticos con la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
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NÚMERO 132
Lunes, 12 de julio de 2021

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1. Realizar las actuaciones necesarias para proporcionar las aplicaciones informáticas que
permitan realizar los trámites asociados a la Consejería de competente en materia agraria y que se realicen por canales telemáticos.
2. Facilitar a las entidades colaboradoras y sujetos de derecho privado, una clave de Administrador de para la gestión de los usuarios de la misma a través de la aplicación GESCOL. Este programa permitirá la gestión autónoma por parte de la entidad colaboradora
de sus propios usuarios.
3. Informar y asesorar a las entidades colaboradoras y sujetos de derecho privado, sobre
la correcta cumplimentación y presentación de los distintos modelos de solicitud, y cualquier otro trámite asociado a esta Consejería.
4. Informar sobre el estado de tramitación de los expedientes en los que actúen como
representantes.
5. D
 ar a conocer la relación de entidades colaboradoras y sujetos de derecho privado.
6. Garantizar que las actuaciones de los sujetos de derecho privado se limite a los trámites
comprendidos fuera del ámbito de aplicación de la ley de subvenciones de la Comunidad
Autónoma.
B) La entidad colaboradora / Sujeto de Derecho Privado _____________________________
_________________________________________ se compromete a:
1. Cumplimentar debidamente y en todos sus términos los modelos de solicitud, mediante
las aplicaciones que se pongan a disposición para ello por la Consejería competente en
materia agraria, así como cualquier otro trámite asociado a esta Consejería.
2. Presentar los modelos y solicitudes establecidos dentro de los plazos establecidos al
efecto para cada trámite.
3. R
 ealizar los trámites asociados a este convenio, debidamente identificados mediante
certificado digital, de acuerdo con la normativa vigente.
4. Velar por que los solicitantes revisen exhaustivamente los modelos de solicitud de los
distintos procedimientos, así como la documentación que se adjunta.
5. Comunicar a la Secretaría General de la Consejería competente en materia agraria, u
otro órgano que se designe, la identificación de las personas encargadas de la cumplimentación de las solicitudes en nombre de su organización. Además, obtendrá de las
personas interesadas la autorización oportuna para realizar la presentación de las soli-