Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021062111)
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la instalación fotovoltaica "Carmonita V" ubicada en los términos municipales de Alcuéscar y Montánchez (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/37/18.
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NÚMERO 131
35309
Viernes, 9 de julio de 2021
de conexión entre el centro de seccionamiento de la planta y la subestación transformadora “Valdemantilla”, objeto de otro proyecto (expediente GE-M/36/18), desde donde
partirá la infraestructura compartida de conexión hasta el punto de conexión otorgado
en la subestación Carmonita 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
• Recorrido de la línea: polígono 30, parcelas 13, 9002, 10, 24 y 1, del término municipal de Montánchez. (Ha sufrido una modificación catastral siendo anteriormente polígono 30, parcelas 13, 9002, 10, 9003 y 1, del término municipal de Montánchez).
Transformador de potencia 50 MVA – 30/220 kV, servicio intemperie a ubicar en la subestación transformadora “Valdemantilla”.
— Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.
— Presupuesto: 25.437.186,33 €
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento
de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas, organismos,
empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de
adquisición de derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo
52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad
con el artículo 122 de dicha norma legal.
Mérida, 23 de junio de 2021.
El Director General de Industria,
Energía y Minas,
SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ
35309
Viernes, 9 de julio de 2021
de conexión entre el centro de seccionamiento de la planta y la subestación transformadora “Valdemantilla”, objeto de otro proyecto (expediente GE-M/36/18), desde donde
partirá la infraestructura compartida de conexión hasta el punto de conexión otorgado
en la subestación Carmonita 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU.
• Recorrido de la línea: polígono 30, parcelas 13, 9002, 10, 24 y 1, del término municipal de Montánchez. (Ha sufrido una modificación catastral siendo anteriormente polígono 30, parcelas 13, 9002, 10, 9003 y 1, del término municipal de Montánchez).
Transformador de potencia 50 MVA – 30/220 kV, servicio intemperie a ubicar en la subestación transformadora “Valdemantilla”.
— Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.
— Presupuesto: 25.437.186,33 €
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento
de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas, organismos,
empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de
adquisición de derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo
52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes
a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad
con el artículo 122 de dicha norma legal.
Mérida, 23 de junio de 2021.
El Director General de Industria,
Energía y Minas,
SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ