Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2021062111)
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la instalación fotovoltaica "Carmonita V" ubicada en los términos municipales de Alcuéscar y Montánchez (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/37/18.
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NÚMERO 131
35308
Viernes, 9 de julio de 2021
Tercero. Con fecha 30 de diciembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el
Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, cuya disposición final tercera realiza, entre otras, una
modificación del segundo párrafo del artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por
el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, relativo a la definición de potencia instalada para
instalaciones fotovoltaicas, siendo de aplicación dicha modificación a la instalación que nos
ocupa en virtud de la disposición transitoria quinta del citado Real Decreto 1183/2020, de 29
de diciembre.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho esta Dirección General,
RESUELVE
Declarar, en concreto, de utilidad pública la instalación que a continuación se detalla, a los
efectos señalados en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:
— Ubicación de la instalación de generación solar fotovoltaica: Polígono 15, parcela 258
del término municipal de Alcuéscar; Polígono 30, parcela 13 y parcela 20, del término
municipal de Montánchez.
— Características de la instalación:
Instalación solar fotovoltaica de 50 MW de potencia instalada, compuesta por 140.000
módulos fotovoltaicos de 320 W cada uno y 16.000 módulos de 325 W cada uno, montados sobre sistema de seguimiento solar horizontal a un eje y 20 inversores de 2.510
kW (tarado de fábrica a 2.500 kW) cada uno.
Centros de transformación: 20 de 2.500 kVA-0,565 kV/30 kV cada uno.
Línea de media tensión constituida por tramo subterráneo 30 kV, de conexión entre los
centros de transformación y el centro de seccionamiento, mediante cable RHZ1-OL-H16
240 mm2 Al 18/30 kV.
Centro de seccionamiento ubicado en la propia planta fotovoltaica, contará con una
celda de protección, 5 celdas de línea y una celda de servicios auxiliares.
Línea de evacuación constituida por tramo subterráneo 30 kV, con cable RHZ1-OL-H16
400 mm2 de cobre con aislamiento XLPE 18/30 kV, y longitud aproximada de 1.626 m,
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Viernes, 9 de julio de 2021
Tercero. Con fecha 30 de diciembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial del Estado, el
Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, cuya disposición final tercera realiza, entre otras, una
modificación del segundo párrafo del artículo 3 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por
el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, relativo a la definición de potencia instalada para
instalaciones fotovoltaicas, siendo de aplicación dicha modificación a la instalación que nos
ocupa en virtud de la disposición transitoria quinta del citado Real Decreto 1183/2020, de 29
de diciembre.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en
la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho esta Dirección General,
RESUELVE
Declarar, en concreto, de utilidad pública la instalación que a continuación se detalla, a los
efectos señalados en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico:
— Ubicación de la instalación de generación solar fotovoltaica: Polígono 15, parcela 258
del término municipal de Alcuéscar; Polígono 30, parcela 13 y parcela 20, del término
municipal de Montánchez.
— Características de la instalación:
Instalación solar fotovoltaica de 50 MW de potencia instalada, compuesta por 140.000
módulos fotovoltaicos de 320 W cada uno y 16.000 módulos de 325 W cada uno, montados sobre sistema de seguimiento solar horizontal a un eje y 20 inversores de 2.510
kW (tarado de fábrica a 2.500 kW) cada uno.
Centros de transformación: 20 de 2.500 kVA-0,565 kV/30 kV cada uno.
Línea de media tensión constituida por tramo subterráneo 30 kV, de conexión entre los
centros de transformación y el centro de seccionamiento, mediante cable RHZ1-OL-H16
240 mm2 Al 18/30 kV.
Centro de seccionamiento ubicado en la propia planta fotovoltaica, contará con una
celda de protección, 5 celdas de línea y una celda de servicios auxiliares.
Línea de evacuación constituida por tramo subterráneo 30 kV, con cable RHZ1-OL-H16
400 mm2 de cobre con aislamiento XLPE 18/30 kV, y longitud aproximada de 1.626 m,