Consejería De Educación Y Empleo. Conciertos Educativos. (2021050132)
Orden de 6 de julio de 2021 por la que se convoca el procedimiento para la renovación, suscripción y modificación de los conciertos educativos para el curso académico 2021-2022 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 131
Viernes, 9 de julio de 2021
35201
3. La solicitud y la documentación a aportar junto a la misma, se presentará en cualquiera de
los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, así como en los establecidos en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta
un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el
ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el caso de que los solicitantes optaran por presentar su solicitud a través de una oficina
de Correos de España, lo harán en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada
por el personal de Correos antes de ser certificada.
4. Los centros que renueven los conciertos educativos acompañarán a la solicitud de una
declaración del titular que acredite que los centros siguen cumpliendo los requisitos que
determinen la aprobación del concierto, así como las variaciones habidas que puedan afectar al concierto.
5. L
os centros que deseen suscribir o modificar el concierto educativo deberán acompañar,
junto con la solicitud (en formato pdf), la siguiente documentación:
a) Una memoria explicativa que deberá especificar:
— Alumnado matriculado en enseñanzas concertadas en el curso 2020-2021 indicando
su distribución por niveles y unidades. En el caso de centros que imparten Ciclos
Formativos, se indicará, además, la distribución del alumnado en los distintos ciclos
formativos y familias profesionales. En el caso de Educación Especial, se indicará
la distribución según sus características debidamente evaluadas por los Equipos de
Orientación Educativa y Psicopedagógica de la Consejería de Educación y Empleo.
— En caso de solicitar concierto de apoyo educativo, relación nominal y sucinta caracterización individualizada del alumnado con necesidades educativas especiales o de
compensación educativa, según se trate. El alumnado que se incluya como de necesidades educativas especiales deberá estar debidamente evaluado por los Equipos de
Orientación Educativa y Psicopedagógica de la Consejería de Educación y Empleo.
— Términos en que se satisfacen necesidades de escolarización, de acuerdo con la
demanda existente en el municipio donde se ubique el centro o, en su caso, en la
comarca correspondiente y, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14.2
del Decreto 64/2021, de 16 de junio y la Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Educación, por la que se determina la relación media de alumnado/profesor por unidad escolar en los centros privados concertados de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2021-2022.
Viernes, 9 de julio de 2021
35201
3. La solicitud y la documentación a aportar junto a la misma, se presentará en cualquiera de
los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, así como en los establecidos en el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta
un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el
ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En el caso de que los solicitantes optaran por presentar su solicitud a través de una oficina
de Correos de España, lo harán en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada
por el personal de Correos antes de ser certificada.
4. Los centros que renueven los conciertos educativos acompañarán a la solicitud de una
declaración del titular que acredite que los centros siguen cumpliendo los requisitos que
determinen la aprobación del concierto, así como las variaciones habidas que puedan afectar al concierto.
5. L
os centros que deseen suscribir o modificar el concierto educativo deberán acompañar,
junto con la solicitud (en formato pdf), la siguiente documentación:
a) Una memoria explicativa que deberá especificar:
— Alumnado matriculado en enseñanzas concertadas en el curso 2020-2021 indicando
su distribución por niveles y unidades. En el caso de centros que imparten Ciclos
Formativos, se indicará, además, la distribución del alumnado en los distintos ciclos
formativos y familias profesionales. En el caso de Educación Especial, se indicará
la distribución según sus características debidamente evaluadas por los Equipos de
Orientación Educativa y Psicopedagógica de la Consejería de Educación y Empleo.
— En caso de solicitar concierto de apoyo educativo, relación nominal y sucinta caracterización individualizada del alumnado con necesidades educativas especiales o de
compensación educativa, según se trate. El alumnado que se incluya como de necesidades educativas especiales deberá estar debidamente evaluado por los Equipos de
Orientación Educativa y Psicopedagógica de la Consejería de Educación y Empleo.
— Términos en que se satisfacen necesidades de escolarización, de acuerdo con la
demanda existente en el municipio donde se ubique el centro o, en su caso, en la
comarca correspondiente y, asimismo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 14.2
del Decreto 64/2021, de 16 de junio y la Resolución de 6 de mayo de 2021, de la Secretaría General de Educación, por la que se determina la relación media de alumnado/profesor por unidad escolar en los centros privados concertados de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2021-2022.