Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Deslinde. (2021080917)
Anuncio de 29 de junio de 2021 sobre inicio de las operaciones de deslinde total administrativo del monte n.º 148 de los de la provincia de Cáceres, denominado "Navas de Abajo", propiedad del Ayuntamiento de Cañaveral y situado en ese término municipal.
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NÚMERO 131
Viernes, 9 de julio de 2021

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ANUNCIOS
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO

ANUNCIO de 29 de junio de 2021 sobre inicio de las operaciones de deslinde
total administrativo del monte n.º 148 de los de la provincia de Cáceres,
denominado "Navas de Abajo", propiedad del Ayuntamiento de Cañaveral y
situado en ese término municipal. (2021080917)
Acordada por la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta
de Extremadura la práctica del deslinde total administrativo del monte de utilidad pública n.º
148 denominado “Navas de Abajo”, sito en el término municipal de Cañaveral y propiedad su
Ayuntamiento, esta Dirección General de Política Forestal, de conformidad con la normativa
de aplicación del citado acuerdo y en ejercicio de las competencias que en administración y
gestión de los montes declarados de Utilidad Pública le confiere lo dispuesto en el artículo 5
b) del Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de
la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y se modifica el Decreto
87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en uso de lo dispuesto en el artículo
96 y 97 del Reglamento de Montes, aprobado por Decreto 485/1962, de 22 de febrero, ha
acordado señalar la fecha del 1 de diciembre de 2021, a las 11:00 horas, para el comienzo de
las operaciones de apeo, que serán efectuadas por el Ingeniero operador don Manuel Alfredo
González Guerrero, estableciéndose como lugar de reunión la Casa de la Cultura de Cañaveral
con dirección en calle Real n.º 47.
Se emplaza a los colindantes y a las personas que acrediten un interés legítimo para que
asistan al mencionado acto.
Quienes no asistan personalmente o por medio de representante legal o voluntaria a la práctica del apeo no podrán después formular reclamaciones contra el mismo.
Todos aquellos que se consideren interesados podrán formular las alegaciones oportunas en
dicho acto.
Durante el plazo de 45 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación del
anuncio en el Diario Oficial de Extremadura y, en su caso, en el Boletín Oficial del Estado, los
que se conceptúen con derecho a la propiedad en el monte o de parte del mismo y los colindantes que deseen acreditar el que pueda corresponderles, podrán presentar los documentos
pertinentes en el registro electrónico de la Administración u organismo al que se dirijan, regis-