Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021080916)
Anuncio de 28 de junio de 2021 por el que se hace pública la memoria ambiental del Plan General Municipal de Acebo, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA11/890.
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NÚMERO 131

35353

Viernes, 9 de julio de 2021

El deslinde es el acto administrativo por el que se definen los límites de la vía pecuaria, de
conformidad con lo establecido en el acto de clasificación. En este sentido en Acebo se encuentran deslindadas:

VÍA PECUARIA

TRAMO

RESOLUCIÓN/DOE

Cañada Real de Gata

Divisoria con término de Perales
del Puerto

2/12/03 DOE 30/12/03

Cordelillo

Divisoria con término de Perales
del Puerto

15/03/04 DOE 15/04/04

Cordelillo

15/04/04 DOE 15/05/04

Cañada Real de San Blas

Divisoria con término municipal
de Villamiel

01/12/09 DOE 11/01/10

Cañada Real de Jálama y
Cañada de Salamanca

Divisoria de Acebo y San Martín
de Trevejo

16/03/09 DOE 06/04/09

En el artículo 18 y ss del Reglamento de Vías Pecuarias define el amojonamiento, es el procedimiento administrativo en virtud del cual, una vez aprobado el deslinde, se determinan físicamente los límites de las vías pecuarias y se señalan con carácter permanente sobre el terreno.

VÍA PECUARIA

TRAMO

RESOLUCIÓN/DOE

Cañada Real de Gata

Todo su recorrido a excepción
de la divisoria con Perales del
Puerto

20/07/11 DOE 16/08/11

Cañada Real de Gata

Tramo divisorio de términos
municipales de Acebo con
Perales del Puerto

20/07/11 DOE 16/08/11

Finalmente indica que el informe preceptivo de la Dirección General de Desarrollo Rural es
favorable, haciendo constar que para la aprobación definitiva del Plan General tiene que incluirse la identificación de las vías pecuarias detalladas más arriba tanto en la Memoria Justificativa como en los Planos de Ordenación Estructural.