Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021080916)
Anuncio de 28 de junio de 2021 por el que se hace pública la memoria ambiental del Plan General Municipal de Acebo, en la forma prevista en el Decreto 54/2011, de 29 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación Ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Expte.: IA11/890.
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NÚMERO 131
Viernes, 9 de julio de 2021

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se encuentran recogidos junto con el Plan Director de la Red Natura 2000 en el Decreto
110/2015, de 19 de mayo, por el que se regula la red ecológica europea Natura 2000 en
Extremadura.
Otra cuestión de elevada importancia, teniendo en cuenta la relevancia que tiene para el
desarrollo del planeamiento urbanístico es la superficie afectada por incendios forestales
en los últimos años, prestando especial atención al incendio que afectó al término municipal en agosto de 2015, debería haberse analizado su repercusión sobre la normativa
urbanística y haberse incorporado las medidas de Autoprotección y Autodefensa frente a
incendios forestales para viviendas y edificaciones dispersas así como promover la elaboración del Plan Periurbano de Prevención de Incendios Forestales, con carácter obligatorio.
Deberán identificarse las áreas afectadas y como se verán afectadas en aplicación del artículo 50.1 de la Ley 43/2003, modificada por la Ley 21/2015, de 20 de julio, de Montes.
Debe revisarse la totalidad de la legislación enumerada en el apartado de Normativa afectada, puesto que se han encontrado numerosas referencias a legislación derogada, por
ejemplo se ha mencionado la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, mientras que la normativa actualmente en
vigor, la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma
de Extremadura no ha sido mencionada, teniendo en cuenta que los futuros proyectos que
se desarrollen a través del Plan, se incluirán en su ámbito de aplicación, esto en lo que a
legislación de evaluación ambiental se refiere.
La legislación estatal en materia de suelo también se encuentra incompleta debiendo mencionarse el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana. Tampoco se ha mencionado
la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de
Extremadura o la Ley 10/2015, de 8 de abril.
5. EVALUACIÓN DEL RESULTADO DE LAS CONSULTAS REALIZADAS Y DE SU TOMA EN CONSIDERACIÓN.
El Pleno del Ayuntamiento de Acebo acordó aprobar inicialmente el Plan General Municipal de
Acebo (Cáceres) por Acuerdo del Pleno de fecha 8 de abril de 2014. El Plan General Municipal
junto con el ISA fue sometido a información pública durante 45 días mediante anuncio en el
DOE n.º 85, de 6 de mayo de 2014, en cumplimiento del artículo 10 de la Ley 9/2006, de 28
de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio
ambiente.
Durante el periodo de información pública del Plan General Municipal de Acebo el Ayuntamiento procedió a solicitar informe a los órganos y entidades administrativos gestores de intereses