Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021061999)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa para la realización de prácticas académicas externas, entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad Católica Santa Teresa de Jesús de Ávila.
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NÚMERO 130
Jueves, 8 de julio de 2021

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cimiento de este convenio, la CSSS destruirá todos los datos de carácter personal que
le hayan sido facilitados por la UCAV y viceversa.
f) Los interesados podrán ejercer ante la UCAV los derechos que les reconoce el RGPD
en relación a sus datos: derecho a solicitar el acceso a los datos personales, derecho a
solicitar su rectificación o supresión, derecho a solicitar la limitación de su tratamiento,
derecho a oponerse al tratamiento, derecho a la portabilidad y derecho a retirar el consentimiento prestado. Así mismo tendrá derecho a reclamar ante la autoridad de control
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/CanalDelCiudadano/ejercicio_derechos.
g) El ejercicio de estos derechos deberá efectuarse mediante comunicación escrita o por
correo electrónico, dirigida al Delegado de Protección de Datos, o podrá presentarse a
través del Registro General. Deberá acompañarse a la comunicación fotocopia del DNI,
pasaporte u otro documento válido que identifique al titular del derecho.
h) La UCAV como responsable del tratamiento responderá a su solicitud sin dilación y en el
plazo máximo de un mes.
i) De no haber obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos podrá presentar una
reclamación ante la AEPD
(https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/vistas/formReclamacionDerechos/reclamacionDerechos.jsf).

Novena. Comisión de seguimiento.
En caso de estimarlo necesario, las partes podrán crear una comisión de seguimiento del presente convenio que estará compuesta de tres personas, una designada por la UCAV, otra por
la entidad y por quien desempeñe la tarea de Tutor General de las prácticas.
Para la aplicación y seguimiento del presente convenio, así como para su adecuada interpretación, se constituirá una Comisión de Seguimiento, que tendrá como función realizar el
seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del presente convenio, y de los compromisos
adquiridos por las partes. Estará integrada por un máximo de dos representantes de cada una
de las partes, que adoptará acuerdos por unanimidad.
La Comisión podrá reunirse cuantas veces lo solicite cualquiera de las partes, con una antelación mínima de 10 días hábiles. La Comisión ajustará su régimen de organización y funcionamiento interno a la normativa reguladora de los órganos colegiados constituida por lo
dispuesto con carácter básico en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y por lo dispuesto en la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE núm. 35, de 26 de marzo).