Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062001)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad Pontificia de Salamanca.
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NÚMERO 130
Jueves, 8 de julio de 2021

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— Facilitar al alumnado las herramientas necesarias para realizar las tareas formativas
encomendadas.
— Nombrar una persona que ejerza la tutoría profesional responsable de las prácticas que,
junto con el tutor o tutora académica de la Universidad, realizará el seguimiento de las
prácticas.
— Emitir y remitir al tutor o tutora académica el informe final, y en su caso los informes de
seguimiento intermedios, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración
y, en su caso, su rendimiento.
— Informar, formar y hacer cumplir y respetar al alumnado en prácticas las medidas sobre
seguridad e higiene establecidas en la entidad.
— Cumplir el régimen de permisos del estudiante, en los términos establecidos en el Anexo I.
Por su parte, la Universidad Pontificia de Salamanca se compromete a:
— Realizar una selección previa del alumnado que cumpla con los requisitos para realizar
las prácticas.
— Nombrar una persona que ostente la tutoría académica responsable de las prácticas,
que coordine junto con la persona elegida para llevar a cabo la tutoría profesional de la
Consejería el desarrollo de las prácticas.
— Suscribir pólizas de seguro (de responsabilidad civil y de accidentes) en favor de los
estudiantes en prácticas realizadas al amparo del presente convenio. En el caso de los
estudiantes mayores de 28 años, corresponderá a la Universidad de Salamanca verificar
que el estudiante esté cubierto por el correspondiente seguro de accidente y un seguro
de responsabilidad civil.
— Emitir un documento acreditativo al finalizar el período de prácticas al alumnado que las
haya llevado a cabo satisfactoriamente.
— Reconocer la labor realizada por los tutores o tutoras de la Consejería de Sanidad y
Servicios Sociales, de acuerdo con la normativa vigente.
Sexta. Consecuencias por incumplimiento de obligaciones y compromisos.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno
de los firmantes del convenio, se notificará a la parte incumplidora un requerimiento para que
cumpla en un plazo de 30 días naturales con las obligaciones o compromisos incumplidos. Si