Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2021062001)
Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Cooperación Educativa entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Universidad Pontificia de Salamanca.
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NÚMERO 130
35089
Jueves, 8 de julio de 2021
d) El centro o servicio sanitario cuenta con un mínimo de dos psicólogos con título de
Máster en Psicología General Sanitaria, de especialista en Psicología Clínica o transitoriamente psicólogos registrados para realizar actividades sanitarias de acuerdo con lo
señalado en el apartado 2 de la Disposición Adicional 6.ª de la Ley 5/2011, de 29 de
marzo, de Economía Social. Así mismo, cuenta con programas/ actividades regladas
asistenciales en el marco de los programas de actuación establecidos en el Centro o
Servicio Sanitario, tales como programas de evaluación o de intervención psicológica,
programas específicos sobre adicciones, terapia de pareja, atención a los trastornos de
comportamiento del anciano, atención a los trastornos de comportamiento niño y joven,
apoyo psicológico a pacientes con patologías crónicas, etc.
e) El centro o servicio sanitario cuenta respecto a la organización, seguimiento y evaluación de la práctica externa referida en este convenio con:
— Tutores designados, de acuerdo a un procedimiento determinado y reacreditados
periódicamente, para el seguimiento y evaluación de los profesionales en prácticas.
— Plan específico individual de desarrollo de la práctica externa.
— Registro documentado e individual de la práctica.
— Evaluación motivada de la actividad práctica.
Resultando ser, por todo ello y en cumplimiento de la legalidad vigente, centro sanitario
idóneo para el desarrollo de las prácticas externas correspondientes al plan de estudios del
Máster Universitario en Psicología General Sanitaria.
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35089
Jueves, 8 de julio de 2021
d) El centro o servicio sanitario cuenta con un mínimo de dos psicólogos con título de
Máster en Psicología General Sanitaria, de especialista en Psicología Clínica o transitoriamente psicólogos registrados para realizar actividades sanitarias de acuerdo con lo
señalado en el apartado 2 de la Disposición Adicional 6.ª de la Ley 5/2011, de 29 de
marzo, de Economía Social. Así mismo, cuenta con programas/ actividades regladas
asistenciales en el marco de los programas de actuación establecidos en el Centro o
Servicio Sanitario, tales como programas de evaluación o de intervención psicológica,
programas específicos sobre adicciones, terapia de pareja, atención a los trastornos de
comportamiento del anciano, atención a los trastornos de comportamiento niño y joven,
apoyo psicológico a pacientes con patologías crónicas, etc.
e) El centro o servicio sanitario cuenta respecto a la organización, seguimiento y evaluación de la práctica externa referida en este convenio con:
— Tutores designados, de acuerdo a un procedimiento determinado y reacreditados
periódicamente, para el seguimiento y evaluación de los profesionales en prácticas.
— Plan específico individual de desarrollo de la práctica externa.
— Registro documentado e individual de la práctica.
— Evaluación motivada de la actividad práctica.
Resultando ser, por todo ello y en cumplimiento de la legalidad vigente, centro sanitario
idóneo para el desarrollo de las prácticas externas correspondientes al plan de estudios del
Máster Universitario en Psicología General Sanitaria.
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