Presidencia De La Junta. Emigración. Ayudas. (2021062150)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para facilitar el retorno a Extremadura de las personas extremeñas en el exterior y sus familias por graves perturbaciones económicas en el lugar de procedencia a consecuencia de la situación excepcional y de fuerza mayor derivada de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, para el ejercicio 2021.
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NÚMERO 130
Jueves, 8 de julio de 2021

35005

PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos
Personales y Garantía de los derechos digitales, y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (en adelante RGPD), le informamos que:
a) El responsable del tratamiento de sus datos personales es la Presidencia de la Junta de Extremadura.
b) La finalidad del tratamiento de sus datos es la ordenación e instrucción de la concesión de las ayudas destinadas a facilitar el retorno a Extremadura de los extremeños en el exterior y sus familias,
para el ejercicio 2021.
c) La legitimación del tratamiento es el ejercicio de poderes públicos (letra e, apartado 1 del artículo
6 RGPD), Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y Decreto 47/2016, de 26 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de
las ayudas a otorgar por la Presidencia de la Junta de Extremadura en materia de emigración y
retorno.
d) Los datos podrán ser transferidos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin
precisar el previo consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho de
la Unión Europea o una Ley, que determine las cesiones que procedan como consecuencia del
cumplimiento de la obligación legal.
e) L
 a información será conservada hasta la finalización del expediente y posteriormente durante los
plazos legalmente previstos en la normativa y durante el plazo que un juez o tribunal los pueda
reclamar. Cumplidos esos plazos el expediente puede ser trasladado al Archivo Histórico de acuerdo con la normativa vigente.
f) Los derechos de acceso, rectificación, cancelación, portabilidad, supresión, limitación del tratamiento y oposición, así como cualquier otro legalmente exigible, sobre los datos personales aportados podrán ser ejercidos mediante escrito dirigido a la Secretaría General de la Presidencia de
la Junta de Extremadura. Plaza del Rastro s/n. 06800 Mérida (Badajoz), sin perjuicio de cualquier
otro que se estime oportuno ante otras instancias.
Hay más información adicional, disponible en el Portal del Ciudadano: https://ciudadano.juntaex.es,
seleccionando el procedimiento correspondiente, en la pestaña “Más información” de la ficha informativa
del procedimiento.
ILMO. SR. SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA.
PLAZA DEL RASTRO S/N, 06800 MÉRIDA (BADAJOZ)