Presidencia De La Junta. Acuerdo Para El Empleo Y La Protección Social Agrarios. Ayudas. (2021062068)
Extracto de la Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios.
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NÚMERO 126
Viernes, 2 de julio de 2021
33415
EXTRACTO de la Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General,
por la que se convocan ayudas a entidades locales para obras o servicios
de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la
Protección Social Agrarios. (2021062068)
BDNS(Identif.): 572074
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, general de subvenciones, y en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria.
Ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social del Acuerdo para
el Empleo y la Protección Social Agrarios para 2021.
Segundo. Objeto.
Ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del
Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios, de acuerdo con las bases reguladoras
aprobadas mediante el Decreto del Presidente 4/2020, de 16 de junio (publicado en el DOE
n.º 119, de 22 de junio), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito
del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios.
La ayuda asignada a cada entidad local se destinará a sufragar todos aquellos gastos necesarios en la realización de las obras o servicios de interés general y social y que vengan especificados en el proyecto o memoria valorada, en su caso, aprobados por el SEPE mediante
resolución de concesión de la ayuda para la contratación de personas trabajadoras.
Tercero. Entidades locales beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en la resolución de convocatoria,
con los requisitos y condiciones que se disponen en la misma, las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura que sean destinatarias de las ayudas para la contratación
de personal trabajador que por resolución haya aprobado el SEPE durante el ejercicio 2020
con base en su normativa específica, dentro del AEPSA.
Viernes, 2 de julio de 2021
33415
EXTRACTO de la Resolución de 22 de junio de 2021, de la Secretaría General,
por la que se convocan ayudas a entidades locales para obras o servicios
de interés general y social en el ámbito del Acuerdo para el Empleo y la
Protección Social Agrarios. (2021062068)
BDNS(Identif.): 572074
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, general de subvenciones, y en el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria.
Ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social del Acuerdo para
el Empleo y la Protección Social Agrarios para 2021.
Segundo. Objeto.
Ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito del
Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios, de acuerdo con las bases reguladoras
aprobadas mediante el Decreto del Presidente 4/2020, de 16 de junio (publicado en el DOE
n.º 119, de 22 de junio), por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de ayudas a entidades locales para obras o servicios de interés general y social en el ámbito
del Acuerdo para el Empleo y la Protección Social Agrarios.
La ayuda asignada a cada entidad local se destinará a sufragar todos aquellos gastos necesarios en la realización de las obras o servicios de interés general y social y que vengan especificados en el proyecto o memoria valorada, en su caso, aprobados por el SEPE mediante
resolución de concesión de la ayuda para la contratación de personas trabajadoras.
Tercero. Entidades locales beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en la resolución de convocatoria,
con los requisitos y condiciones que se disponen en la misma, las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura que sean destinatarias de las ayudas para la contratación
de personal trabajador que por resolución haya aprobado el SEPE durante el ejercicio 2020
con base en su normativa específica, dentro del AEPSA.