Consejería De Igualdad Y Portavocía. Cooperación Para El Desarrollo. Subvenciones. (2021061828)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan subvenciones a proyectos para acciones humanitarias tramitadas por el procedimiento de concesión directa a través de convocatoria abierta para el año 2021.
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NÚMERO 123
Martes, 29 de junio de 2021

32701

e) I dentificar, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de
ejecución asumidos por cada una de las ONGD o entidades que componen la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada una de ellas, que tendrán
igualmente la consideración de entidades beneficiarias.
f) S
 uscribir acuerdo de colaboración, mediante modelo normalizado (anexo IV) para la
realización conjunta de la actividad subvencionada, en el que constarán al menos, entre
otras, las siguientes estipulaciones:


• La voluntad de las partes de concurrir conjuntamente a la convocatoria.



• La identificación del representante legal.



• Declaración individual de todas y cada una de las ONGD o entidades integrantes del
cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiaria y de no estar
incursa en las causas de prohibición previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 12
de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.



• El nombre de la entidad coordinadora.



• Los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así
como el importe de la subvención a ejecutar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de entidades beneficiarias



• El compromiso de todas las entidades participantes, de mantener el acuerdo de
colaboración hasta el plazo de prescripción previsto en los artículos 45 y 70 de
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.

g) N
 o podrá disolverse la agrupación hasta que hayan transcurrido los plazos de prescripción de cuatro años previstos en los artículos 45 y 70 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo
de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Requisitos de los proyectos.
Para poder tener acceso a la subvención los proyectos deberán cumplir los siguientes requisitos:
a. Contar con certificado expedido por la Dirección de la AEXCID por medio del cual se haga
constar la participación de la Junta de Extremadura en el proyecto, de acuerdo con lo establecido en los apartados 1 o 2 del artículo 3, del Decreto 5/2019, de 5 de febrero.