Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061979)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de planta de fabricación de piensos, cuyo promotor es Piensos Los Pinos, SL, en el término municipal de Benquerencia de la Serena (Badajoz).
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NÚMERO 122

32483

Lunes, 28 de junio de 2021

4.7. M
 edidas complementarias.


•S
 e desarrollará la actividad cumpliendo todas las condiciones de garantía, seguridad
y sanitarias impuestas por las disposiciones vigentes.



•S
 erán de aplicación todas las medidas correctoras propuestas en este condicionado
ambiental y las incluidas en el estudio de impacto ambiental, mientras no sean contradictorias con las primeras.



•S
 e informará del contenido de este informe a todos los operarios que realicen las
actividades, así mismo, se dispondrá de una copia del presente informe, así como
cualquier otra autorización o informe sectorial que sea necesario para el desarrollo
de la actividad, en el lugar donde se realicen los trabajos.



•P
 ara las actuaciones en zona de policía, para las captaciones de agua y/o para el
vertido de aguas residuales, se deberá contar con la correspondiente autorización
administrativa de la Confederación Hidrográfica del Tajo conforme a las disposiciones vigentes.



•L
 as afecciones, si las hubiera, sobre dominio público hidráulico, vías pecuarias,
montes de utilidad pública, caminos públicos u otras infraestructuras y servidumbres
existentes deberán contar con los permisos de ocupación y autorizaciones pertinentes, garantizándose su adecuado funcionamiento y estado durante toda la duración
de la actividad. Se deberá mantener una distancia de seguridad suficiente con los
cauces, los caminos y las infraestructuras existentes.



•S
 e atenderá a lo establecido en la Normativa Urbanística y la Autorización Ambiental,
correspondiendo a los Ayuntamientos y la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad respectivamente, las competencias en estas materias.



•C
 ualquier modificación del proyecto será comunicada a la Dirección General de Sostenibilidad, de acuerdo al artículo 89 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El presente informe, se emite sólo a efectos ambientales y en virtud de la legislación específica vigente, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos o autorizaciones legales o
reglamentariamente exigidas que, en todo caso, habrán de cumplirse.
Mérida, 7 de junio de 2021.
El Director General de Sostenibilidad,
JESÚS MORENO PÉREZ