Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061979)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de planta de fabricación de piensos, cuyo promotor es Piensos Los Pinos, SL, en el término municipal de Benquerencia de la Serena (Badajoz).
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NÚMERO 122
Lunes, 28 de junio de 2021



32471

— El agua sólo puede ser utilizada en el mismo predio1 en el que alumbra. El derecho
reconocido en el artículo 54.2 del TRLA es incompatible con cualquier otro aprovechamiento que ya tenga reconocido el predio.



— Una vez realizada la obra y antes de su puesta en explotación, se deberá remitir a la
Comisaría de Aguas de este organismo de cuenca la pertinente solicitud de inscripción del aprovechamiento en el Registro de Aguas.

Según lo dispuesto en la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, por la que se regulan
los sistemas para realizar el control efectivo de los volúmenes de agua utilizados por
los aprovechamientos de agua del DPH, de los retornos al citado DPH y de los vertidos
al mismo, para el control del volumen derivado por las captaciones de agua del DPH, el
titular del mismo queda obligado a instalar y mantener a su costa un dispositivo de medición de los volúmenes o caudales de agua captados realmente (contador o aforador).
Vertidos al dominio público hidráulico.
De acuerdo con la documentación aportada, no se contemplan vertidos al DPH, pues se
instalará un depósito estanco para contener las aguas residuales de servicios y aseos
generados por el desarrollo de la actividad. En este caso no se consideraría necesario
tramitar autorización de vertido, a que hace referencia el Artículo 100 del TRLA. Sin
embargo, al objeto de garantizar la no afección a las aguas subterráneas, se deberán
cumplir las siguientes condiciones:


— El depósito para almacenamiento de aguas residuales debe ubicarse a más de 40
metros del DPH.



— El depósito para almacenamiento de aguas residuales se ubicará a más de 40
metros de cualquier pozo.



— Se debe garantizar la completa estanqueidad de la referida fosa, para ello debe
tener a disposición de los organismos encargados de velar por la protección del
medio ambiente, a petición del personal acreditado por los mismos, el correspondiente certificado suscrito por técnico competente.



— En la parte superior del depósito se debe instalar una tubería de ventilación al
objeto de facilitar la salida de gases procedentes de la fermentación anaerobia.



— El depósito debe ser vaciado por un gestor de residuos debidamente autorizado,
con la periodicidad adecuada para evitar el riesgo de rebosamiento del mismo.
A tal efecto, debe tener a disposición de los organismos encargados de velar