Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061979)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de planta de fabricación de piensos, cuyo promotor es Piensos Los Pinos, SL, en el término municipal de Benquerencia de la Serena (Badajoz).
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NÚMERO 122
Lunes, 28 de junio de 2021

32460

En su caso, este seguimiento del funcionamiento de los focos de emisión se debería recoger en un archivo adaptado al modelo indicado en el Anexo II de la instrucción 1/2014 de
la Dirección General de Sostenibilidad.
Contaminación Acústica.
15. D
 urante las pruebas de funcionamiento previas al inicio de la actividad, se procederá a la
medición de ruidos para asegurar que se cumplen las prescripciones establecidas en este
informe.
16. P
 osteriormente, para asegurar que se siguen cumpliendo las prescripciones establecidas en
esta resolución, se realizarán nuevas mediciones de ruidos en las siguientes circunstancias:


— Justo antes de cada renovación de la AAU.



— Justo después del transcurso de un mes desde la finalización de cualquier modificación de la instalación que pueda afectar a los niveles de ruidos.
- h - Medidas a aplicar en situaciones anormales de explotación.

1. E
 n caso de superarse los valores límite de contaminantes o de incumplirse alguno de los
requisitos establecidos en esta resolución, el titular de la instalación industrial deberá:
a) Comunicarlo a la DGS en el menor tiempo posible mediante los medios más eficaces a
su alcance, sin perjuicio de la correspondiente comunicación por escrito adicional.
b) Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación de cumplimiento en el plazo
más breve posible y, cuando exista un peligro inminente para la salud de las personas
o el medio ambiente, suspender el funcionamiento de la instalación hasta eliminar la
situación de riesgo.
2. E
 l titular de la instalación industrial dispondrá de un plan específico de actuaciones y medidas para las situaciones referidas en el apartado anterior.


• Paradas temporales y cierre:

3. E
 n el caso de paralización definitiva de la actividad o de paralización temporal por plazo
superior a dos años, el titular de la AAU deberá entregar todos los residuos existentes en
la instalación industrial a un gestor autorizado conforme a la Ley 22/2011, de 28 de julio;
y dejar la instalación industrial en condiciones adecuadas de higiene ambiental.
4. L
 a finalización o la interrupción voluntaria por más de tres meses de la actividad deberá
ser comunicada por el titular.