Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Espacios Escénicos. Ayudas. (2021061863)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Secretaría General, de convocatoria de las ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada para el año 2021.
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NÚMERO 122
Lunes, 28 de junio de 2021

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de minorar las pérdidas que tal actividad pudiera producirles, así como evitar la desigualdad de una empresa respecto a otra en cuanto a las posibilidades de realización
de su proyecto siempre que hayan conseguido esa puntuación mínima.
2. L
 as solicitudes se valorarán y seleccionarán atendiendo a los criterios de evaluación
previstos en el apartado decimoprimero de la presente resolución.
Quinto. Financiación de las ayudas.
1. P
 ara el objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad total de trescientos veinte
mil euros (320.000 euros) con cargo a los ejercicios y aplicaciones presupuestarias
siguientes:
a) Aportación correspondiente al año 2021: Ciento sesenta mil euros (160.000,00
euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 15.002000 G/273A/.470.00, proyecto 20170014 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2021.
b) Aportación correspondiente al año 2022: Ciento sesenta mil euros (160.000,00
euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 15.002000 G/273A/.470.00, proyecto 20170014 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para 2022.
2. D
 e conformidad con el artículo 23.2.h) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la cuantía total máxima de
las subvenciones convocadas podrá aumentarse hasta un 20 % de la cuantía inicial,
o hasta la cuantía que corresponda cuando tal incremento sea consecuencia de una
generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables,
siempre antes de resolver la concesión de las mismas sin necesidad de abrir nueva
convocatoria.
Sexto. Gastos subvencionables.
Se consideran gastos subvencionables aquellos estrictamente necesarios contenidos en
el artículo 4 del Decreto 141/2013, de 30 de julio, por el que se establecen las bases
reguladoras de concesión de ayudas destinadas al funcionamiento de espacios escénicos
de gestión privada y se aprueba la convocatoria de las mismas para el año 2013.
Séptimo. Ejecución de la actividad subvencionable.
Los proyectos que sean objeto de ayuda destinada al funcionamiento de espacios escénicos de gestión privada deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2021 y terminar antes
del 1 de noviembre de 2022.