Servicio Extremeño De Salud. Seguridad De La Información. (2021061888)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se aprueba la política de privacidad y seguridad de la información del Servicio Extremeño de Salud.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 121
Viernes, 25 de junio de 2021
32213
g) Ejecutar los planes de seguridad aprobados.
En el ámbito del Servicio Extremeño de Salud, todo sistema de información tendrá un responsable operativo, que será el titular de la unidad competente en su gestión y operación.
Administrador de Seguridad. Sus funciones más significativas serían las siguientes:
a) La implementación, gestión y mantenimiento de las medidas de seguridad aplicables
al sistema de información.
b) La gestión, configuración y actualización, en su caso, del hardware y software en los
que se basan los mecanismos y servicios de seguridad del sistema de información.
c) La gestión de las autorizaciones y privilegios concedidos a los usuarios del sistema,
incluyendo la monitorización de que la actividad desarrollada en el sistema se ajusta
a lo autorizado.
d) La aplicación de los Procedimientos Operativos de Seguridad (POS).
e) Asegurar que los controles de seguridad establecidos son adecuadamente observados.
f) Asegurar que son aplicados los procedimientos aprobados para manejar el sistema
de información.
El Delegado de Protección de Datos, es quien debe informar, asesorar y supervisar el
cumplimiento en materia de protección de datos y actuar como punto de contacto con las
autoridades de control. Tendrá como mínimo las siguientes funciones:
a) Informar y asesorar al responsable o al encargado del tratamiento y a los empleados
que se ocupen del tratamiento de las obligaciones que les incumben en virtud del
Reglamento (RGPD), y de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o
de los Estados miembros;
b) Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (RGPD), de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros y de las
políticas del responsable o del encargado del tratamiento en materia de protección
de datos personales, incluida la asignación de responsabilidades, la concienciación y
formación del personal que participa en las operaciones de tratamiento, y las auditorías correspondientes;
c) Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos y supervisar su aplicación de conformidad con el artículo
35 del RGPD.
Viernes, 25 de junio de 2021
32213
g) Ejecutar los planes de seguridad aprobados.
En el ámbito del Servicio Extremeño de Salud, todo sistema de información tendrá un responsable operativo, que será el titular de la unidad competente en su gestión y operación.
Administrador de Seguridad. Sus funciones más significativas serían las siguientes:
a) La implementación, gestión y mantenimiento de las medidas de seguridad aplicables
al sistema de información.
b) La gestión, configuración y actualización, en su caso, del hardware y software en los
que se basan los mecanismos y servicios de seguridad del sistema de información.
c) La gestión de las autorizaciones y privilegios concedidos a los usuarios del sistema,
incluyendo la monitorización de que la actividad desarrollada en el sistema se ajusta
a lo autorizado.
d) La aplicación de los Procedimientos Operativos de Seguridad (POS).
e) Asegurar que los controles de seguridad establecidos son adecuadamente observados.
f) Asegurar que son aplicados los procedimientos aprobados para manejar el sistema
de información.
El Delegado de Protección de Datos, es quien debe informar, asesorar y supervisar el
cumplimiento en materia de protección de datos y actuar como punto de contacto con las
autoridades de control. Tendrá como mínimo las siguientes funciones:
a) Informar y asesorar al responsable o al encargado del tratamiento y a los empleados
que se ocupen del tratamiento de las obligaciones que les incumben en virtud del
Reglamento (RGPD), y de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o
de los Estados miembros;
b) Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (RGPD), de otras disposiciones de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros y de las
políticas del responsable o del encargado del tratamiento en materia de protección
de datos personales, incluida la asignación de responsabilidades, la concienciación y
formación del personal que participa en las operaciones de tratamiento, y las auditorías correspondientes;
c) Ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos y supervisar su aplicación de conformidad con el artículo
35 del RGPD.