Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2021061900)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Territorial de Villuercas-Ibores-Jara.
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NÚMERO 121
Viernes, 25 de junio de 2021

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derecho según la antes citada ley. También será nulo de pleno derecho cualquiera de
los instrumentos mencionados en este apartado en cuya tramitación se haya omitido
la petición del informe preceptivo del Ministerio de Fomento, así como cuando sean
aprobados antes de que transcurra el plazo del que dispone el departamento para
evacuarlo y en ausencia del mismo cuando menoscaben, alteren o perjudiquen la
adecuada explotación de las carreteras del estado.
• Subdirección General de Planificación Ferroviaria. Informa que no existe en la zona objeto de estudio del plan, ninguna línea ferroviaria en servicio que pudiera verse afectada
por las determinaciones del mismo. Desde el punto de vista de la planificación ferroviaria, en la actualidad esta Subdirección General no tiene en marcha ninguna actuación en
fase de planificación que pueda afectar a la zona objeto de estudio o que pueda condicionar la tramitación del plan que se propone.
• Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación
Audiovisual. Emite informe favorable en relación con la adecuación del Plan Territorial a
la normativa sectorial de telecomunicaciones.
• Diputación de Cáceres. Con carácter general, el objetivo básico de cualquier red de carreteras es dar servicio al territorio en el que se enmarca, estructurando las comunicaciones y haciendo posible el acceso a los núcleos urbanos, a los centros productivos, y
a otras zonas de especial interés o significación. Cualquier red viaria tiene que cumplir
dos funciones primordiales, y hay que tratar de conjugar ambas a fin de conseguir la
mejor solución, según el caso: la primera sería hacer posible una circulación de vehículos
cómoda, eficaz, segura y económica (función de movilidad), y, la segunda, posibilitar el
acceso en adecuadas condiciones a cualquier punto del área a la que sirve (función de
accesibilidad).
En el caso de las vías titularidad de esta Diputación Provincial, su objetivo fundamental
(también en el ámbito del plan territorial de referencia) es comunicar los municipios y
núcleos urbanos a los que llega, ya sea entre sí o enlazándolos con otras carreteras, por
lo que se entiende que la necesidad primordial a cubrir y garantizar es la de accesibilidad, aunque sin olvidar otros aspectos, tanto los vinculados con la función de movilidad
como los de seguridad vial, y la integración de la vía en el entorno. Las carreteras de esta
Diputación son vías con una influencia local muy marcada, sirviendo a flujos de tráfico a
cortas o medias distancias, o de comunicación y enlace con otras vías de mayor entidad,
debiendo acoger y prestarse a vehículos muy diversos, con funcionalidades bastante
diferentes. Y, en todo caso, como dice la Ley 37/2015, de Carreteras (del Estado), entre
las finalidades básicas de las carreteras están las de promover un crecimiento económico
y social equilibrado y sostenible, por lo que se ha de tratar de conseguir una oferta de
infraestructuras viarias y servicios de calidad, seguras y eficientes, haciendo que su percepción social sea la de una red ajustada y acorde con una movilidad sostenible.