Consejería De Igualdad Y Portavocía. Programas Infantiles Y Juveniles. Ayudas. (2021050114)
Orden de 18 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a financiar proyectos de dinamización juvenil en el marco del programa Diviértete en la Ciudad.
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NÚMERO 121

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Viernes, 25 de junio de 2021

se deriven de la normativa comunitaria que le sea de aplicación, todo ello en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 18. Cuantía de la subvención y criterios de valoración de los proyectos.
1. La cuantía máxima de la subvención de cada proyecto será de 20.000 euros. Esta cuantía
se determinará por aplicación de los criterios de valoración y las reglas de proporcionalidad
que contienen los apartados siguientes.
2. En aplicación de los criterios de valoración establecidos en este artículo se elaborará un
orden de prelación por cada ámbito territorial. Se subvencionarán los dos proyectos con
mayor puntuación del orden de prelación correspondiente a cada municipio.
En cada convocatoria una empresa podrá recibir, como máximo, la subvención a dos proyectos de actividades, pero, en ningún caso, una misma empresa podrá recibir las dos
subvenciones para proyectos que se vayan a desarrollar en un mismo municipio.
Excepcionalmente, si en un municipio concreto, solamente una empresa presenta proyecto
y, a esa misma empresa, en aplicación de los diferentes criterios de valoración, le corresponde la subvención de otros proyectos presentados en otros municipios no operará el
límite máximo de dos proyectos subvencionables por empresa.
Tampoco operará el límite de dos proyectos subvencionables por empresa si, de todos
los proyectos presentados en una localidad, únicamente alcanzase la puntuación mínima
necesaria para la obtención de la subvención, un proyecto de una empresa a la que corresponda subvención, en aplicación de los diferentes criterios de valoración, por proyectos
presentados en otros municipios.
3. No podrán ser subvencionados los proyectos que no alcancen una valoración mínima de 40
puntos. Cada proyecto podrá recibir una subvención igual al 100% del coste del mismo.
La cuantía de la subvención que recibirá cada proyecto se obtendrá de aplicar a la puntuación obtenida por aplicación de los criterios de valoración que contiene el apartado tercero
de este artículo la siguiente escala:

Puntuación del proyecto

Cuantía de la subvención

De 81 a 90 puntos

20.000 euros

De 71 a 80 puntos

18.000 euros

De 61 a 70 puntos

17.000 euros

De 51 a 60 puntos

16.000 euros

De 40 a 50 puntos

15.000 euros