Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Ceses. Nombramientos. (2021040083)
Decreto 70/2021, de 23 de junio, por el que se dispone el cese y nombramiento del Presidente y los Vocales de la Comisión Jurídica de Extremadura.
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NÚMERO 121
Viernes, 25 de junio de 2021

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que acrediten reunir las cualificaciones jurídicas y profesionales que garanticen un adecuado
conocimiento en las materias sobre las que deberán conocer y especialmente en materia de
contratación del sector público”.
Así, los vocales de la Comisión Jurídica de Extremadura deben reunir los siguientes requisitos:
1º. Ser funcionarios de carrera de cualquier Administración Pública para cuyo acceso al
cuerpo o especialidad se exigieran la licenciatura o grado en derecho, siempre que
acrediten reunir las cualificaciones jurídicas y profesionales que garanticen un adecuado conocimiento en las materias sobre las que deberán conocer y especialmente en
materia de contratación del sector público.
2º. Deberán llevar en servicio activo en dicho cuerpo o especialidad más de diez años.
3º. No haber desempeñado en los dos años anteriores cargo público representativo o de
naturaleza eventual.
Además, en lo que respecta a la figura del Presidente, hay que tener en cuenta la regulación
establecida en el artículo 50.1 del citado Reglamento, que añade a la acreditación de reunir
“las cualificaciones jurídicas y profesionales que garanticen un adecuado conocimiento en las
materias sobre las que deberán conocer y especialmente en materia de contratación del sector público” la exigencia de contar con un mínimo de experiencia de 5 años en tales materias.
Verificado el cumplimiento de los requisitos legales anteriormente señalados, el Presidente
de la Junta de Extremadura y la Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública han propuesto al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura el nombramiento como Presidente y Vocales de la Comisión Jurídica de Extremadura de las siguientes
personas:
— D. Javier de Manueles Muñoz, que ostentará el cargo de Presidente.
— M.ª José Rubio Cortés.
— D. José Luis Martín Peyró.
— D.ª Marina Godoy Barrero.
— D.ª María Josefa Guerrero Hernández.
El presente decreto respeta la representación equilibrada entre mujeres y hombres en órganos colegiados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 8/2011, de 23 de
marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura.