Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Ceses. Nombramientos. (2021040083)
Decreto 70/2021, de 23 de junio, por el que se dispone el cese y nombramiento del Presidente y los Vocales de la Comisión Jurídica de Extremadura.
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NÚMERO 121
Viernes, 25 de junio de 2021

II

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AUTORIDADES Y PERSONAL
1.- NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DECRETO 70/2021, de 23 de junio, por el que se dispone el cese y
nombramiento del Presidente y los Vocales de la Comisión Jurídica de
Extremadura. (2021040083)
La Ley 19/2015, de 23 de diciembre, derogó la Ley 16/2001, de 14 de diciembre, reguladora
del Consejo Consultivo y creó la Comisión Jurídica de Extremadura.
Por su parte, el Decreto 99/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización y Funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura y de la
Comisión Jurídica de Extremadura, en su redacción dada por el Decreto 3/2016, de 12 de enero, establece, en su artículo 49, que los vocales de dicho órgano serán nombrados mediante
Decreto de Consejo de Gobierno, a propuesta de quien ostente la titularidad de la Consejería
con las competencias de administración pública y que será por un plazo de cinco años, pudiendo ser reelegidos por una sola vez por el mismo periodo, sin que en ningún caso pueda
superarse el límite de los 10 años.
En el artículo 50 del mismo texto se indica que el Presidente será nombrado por Decreto de
Consejo de Gobierno, entre los Vocales, a propuesta del Presidente de la Junta de Extremadura,
y que su mandato tendrá también una duración de cinco años, sin perjuicio de poder ser
reelegido por otro periodo de 5 años.
Por Decreto 15/2016, de 1 de marzo, y Decreto 13/2016, de 23 de febrero, se procedió a
los nombramientos, respectivamente, de la Presidenta y Vocales de la Comisión Jurídica de
Extremadura, habiendo, por tanto, transcurrido el plazo de cinco años desde su elección.
Procede, en consecuencia, la renovación del órgano, que conlleva la designación de sus miembros, así como el cese de los anteriores que ya han expirado su mandato y que han continuado en sus funciones hasta la designación del nuevo órgano.
Actualmente la Ley 19/2015, de 23 de diciembre, ha sido derogada por la Ley 2/2021, de 21
de mayo, de defensa, asistencia jurídica y comparecencia en juicio de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.