Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061879)
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada para el proyecto de modificación sustancial de la instalación de aceites vegetales, promovido por Consorcio Oleícola Extremeño, SL en el término municipal de Mérida.
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NÚMERO 120
31728
Jueves, 24 de junio de 2021
5. Deberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Este
procedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurarse de que los residuos
recogidos para su tratamiento coinciden con los indicados en a.1 y llevar un registro de los
residuos recogidos y tratados, con el contenido indicado en el capítulo –i-. El procedimiento
de admisión de residuos incluirá, al menos:
— Identificar origen, productor y titular del residuo.
— Registrar el peso de los residuos.
— Inspección visual de los residuos recogidos.
6. Mientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En particular,
las condiciones de los almacenamientos deberán evitar la fuga incontrolada de lixiviados o
cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo.
7. Los 6 depósitos de almacenamiento de OGH habrán de mantenerse vacíos en el periodo
comprendido entre el 15 de abril y el 15 de septiembre de cada año, a fin de minimizar
las posibles molestias por olor que pueda generar este almacenamiento. Esta condición se
incorporará al plan de gestión de olores de la industria, que habrá de desarrollar e implementar el titular de la instalación de conformidad con lo dispuesto en el apartado -i- de la
presente resolución.
-b- Producción, tratamiento y gestión de los residuos.
1. L
os residuos peligrosos que se generarán por la actividad industrial son los siguientes:
ORIGEN
CÓDIGO
LER 1
CANTIDAD
ANUAL
(kg)
Residuos de aceites de motor, de
transmisión mecánica y lubricantes
13 02*
350
Envases que contienen restos de
sustancias peligrosas o están contaminados por ellas
Envases metálicos y de plásticos
contaminados
15 01
10*
180
Filtros de aceite usados y trapos
de limpieza impregnados contaminados por sustancias peligrosas
Trabajos de mantenimiento de maquinarias
15 02
02*
180
Mantenimiento de iluminación
20 01
21*
30
RESIDUO
Aceites agotados
Tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio
* Residuos Peligrosos según la LER.
1
LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión de 18 de diciembre de 2014
(2014/955/UE)
31728
Jueves, 24 de junio de 2021
5. Deberá aplicarse un procedimiento de admisión de residuos antes de su recogida. Este
procedimiento deberá permitir, al titular de la instalación, asegurarse de que los residuos
recogidos para su tratamiento coinciden con los indicados en a.1 y llevar un registro de los
residuos recogidos y tratados, con el contenido indicado en el capítulo –i-. El procedimiento
de admisión de residuos incluirá, al menos:
— Identificar origen, productor y titular del residuo.
— Registrar el peso de los residuos.
— Inspección visual de los residuos recogidos.
6. Mientras los residuos se encuentren en la instalación industrial, el titular de ésta estará
obligado a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad. En particular,
las condiciones de los almacenamientos deberán evitar la fuga incontrolada de lixiviados o
cualquier otra pérdida de residuo o de componentes del mismo.
7. Los 6 depósitos de almacenamiento de OGH habrán de mantenerse vacíos en el periodo
comprendido entre el 15 de abril y el 15 de septiembre de cada año, a fin de minimizar
las posibles molestias por olor que pueda generar este almacenamiento. Esta condición se
incorporará al plan de gestión de olores de la industria, que habrá de desarrollar e implementar el titular de la instalación de conformidad con lo dispuesto en el apartado -i- de la
presente resolución.
-b- Producción, tratamiento y gestión de los residuos.
1. L
os residuos peligrosos que se generarán por la actividad industrial son los siguientes:
ORIGEN
CÓDIGO
LER 1
CANTIDAD
ANUAL
(kg)
Residuos de aceites de motor, de
transmisión mecánica y lubricantes
13 02*
350
Envases que contienen restos de
sustancias peligrosas o están contaminados por ellas
Envases metálicos y de plásticos
contaminados
15 01
10*
180
Filtros de aceite usados y trapos
de limpieza impregnados contaminados por sustancias peligrosas
Trabajos de mantenimiento de maquinarias
15 02
02*
180
Mantenimiento de iluminación
20 01
21*
30
RESIDUO
Aceites agotados
Tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio
* Residuos Peligrosos según la LER.
1
LER: Lista Europea de Residuos publicada por la Decisión de la Comisión de 18 de diciembre de 2014
(2014/955/UE)