Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061879)
Resolución de 15 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental integrada para el proyecto de modificación sustancial de la instalación de aceites vegetales, promovido por Consorcio Oleícola Extremeño, SL en el término municipal de Mérida.
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NÚMERO 120

31740

Jueves, 24 de junio de 2021

CONTAMINANTE

VALOR LÍMITE DE EMISIÓN TOTAL
Colza: 1,0 kg/t.

COVs

Girasol: 1,0 kg/t.
Soja (láminas blancas): 1,2 kg/t.
Orujillo y granilla de uva: 3 kg/t.

19. El control del cumplimiento de los valores y requisitos indicados en el punto anterior se
llevará a cabo a través de un Plan de Gestión de Disolventes, siguiendo las orientaciones
establecidas en el anexo IV del Real Decreto 117/2003, de 31 de diciembre y las prescripciones del apartado –i- de la presente resolución.
20. En relación a la evaluación de los valores límite de emisión de COVs establecidos en la
presente resolución, el incumplimiento de los VLE establecidos en gases residuales, será
considerado a todos los efectos, como condiciones no óptimas de funcionamiento por
parte del respectivo equipo depurador y/o instalaciones asociadas, y por tanto el titular
deberá estar a lo dispuesto en la sección Puesta en marcha y paradas. Condiciones óptimas de funcionamiento del capítulo –j-, a tal efecto y especialmente en las medidas y
actuaciones a llevar a cabo.
21. Se garantizará en todo caso que se adoptan los procedimientos de dispersión más adecuados (altura de chimenea, o temperatura y velocidad de salida de efluentes) para que
los contaminantes vertidos a la atmósfera, respetándose los niveles de emisión exigidos,
se dispersen de forma que no se rebase en el ambiente exterior los niveles de calidad
previstos por la normativa vigente, teniéndose en cuenta los niveles de contaminación de
fondo.
-d- Medidas de protección y control de las aguas, del suelo y de las aguas subterráneas
1. L
 a instalación industrial contará con las siguientes redes independientes de saneamiento:
a. Red de aguas aseos y vestuarios: se trata de una red independiente que recoge las
aguas procedentes de aseos y vestuarios, con vertido a la red de alcantarillado de
polígono.
b. R
 ed de aguas pluviales: recoge las aguas pluviales de cubiertas y sumideros en áreas
limpias y verterán en una arqueta desde la que se bombearán a la red de alcantarillado
del polígono.