Universidad De Extremadura. Pruebas Selectivas. (2021061916)
Resolución de 10 de junio de 2021, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para ingreso en la Escala de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales (Ergonomía y Psicosociología Aplicada) de la Universidad de Extremadura, mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 120
31583
Jueves, 24 de junio de 2021
por prestación de servicios en el sector público al objeto de ocupar un único puesto de
trabajo, debiendo elegirse por los aspirantes aprobados el Cuerpo o Escala en que se
permanecerá en activo y en la que se pasará a la situación de excedencia voluntaria.
9.6. Asimismo, conservarán el grado personal que hubieran consolidado en el Cuerpo o
Escala de procedencia, siempre que se encuentre incluido en el intervalo de niveles
correspondientes a la Escala a que accedan. El tiempo de servicios prestados en los
de origen en las anteriores condiciones será de aplicación, en su caso, para la consolidación de grado personal en éste.
10. Normas finales.
10.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, se someten a las
bases de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de
las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver
las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la
adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
10.2. Las presentes bases vinculan a la Universidad de Extremadura y al Tribunal de Selección que han de calificar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas.
10.3. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la
actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida
por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Contra esta resolución, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a
partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
sin perjuicio de que, alternativamente, se pueda presentar recurso de reposición
contra esta resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en
cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo, anteriormente
citado, en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, 10 de junio de 2021.
El Gerente,
JUAN FRANCISCO PANDURO LÓPEZ
31583
Jueves, 24 de junio de 2021
por prestación de servicios en el sector público al objeto de ocupar un único puesto de
trabajo, debiendo elegirse por los aspirantes aprobados el Cuerpo o Escala en que se
permanecerá en activo y en la que se pasará a la situación de excedencia voluntaria.
9.6. Asimismo, conservarán el grado personal que hubieran consolidado en el Cuerpo o
Escala de procedencia, siempre que se encuentre incluido en el intervalo de niveles
correspondientes a la Escala a que accedan. El tiempo de servicios prestados en los
de origen en las anteriores condiciones será de aplicación, en su caso, para la consolidación de grado personal en éste.
10. Normas finales.
10.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las pruebas selectivas, se someten a las
bases de esta convocatoria y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de
las reclamaciones o recursos pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver
las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la
adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
10.2. Las presentes bases vinculan a la Universidad de Extremadura y al Tribunal de Selección que han de calificar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas.
10.3. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la
actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida
por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Contra esta resolución, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a
partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,
sin perjuicio de que, alternativamente, se pueda presentar recurso de reposición
contra esta resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en
cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo, anteriormente
citado, en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Badajoz, 10 de junio de 2021.
El Gerente,
JUAN FRANCISCO PANDURO LÓPEZ