Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021061891)
Resolución de 8 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada presentada por Isidro Araya Terraza, de la Resolución concedida en fecha 22 de junio de 2020.
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NÚMERO 119
Miércoles, 23 de junio de 2021
31407
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga la modificación no sustancial de la autorización ambiental
integrada presentada por Isidro Araya Terraza, de la Resolución concedida en
fecha 22 de junio de 2020. (2021061891)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 1 de septiembre de 2016 tiene entrada en el Registro Único de la Junta
de Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Integrada (AAI) para la ampliación
de una explotación porcina de cebo ubicada en el término municipal de Puebla del Prior y
promovida por Isidro Araya Terraza, c/ Cerrudo, 1, 2º Izquierda, C.P 06300, Zafra (Badajoz).
Segundo. Mediante resolución de 22 de diciembre de 2020, la Dirección General de Sostenibilidad otorga AAI y da publicidad a la declaración de impacto ambiental a Isidro Araya Terraza, para la instalación de explotación porcina de engorde de cerdos, en el término municipal
de Puebla del Prior con expediente n.º AAI 16/025.
Tercero. Con fecha 7 de abril de 2021, tienen entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, modificación no sustancial de la explotación porcina, en la que se solicita la
modificación de la resolución concedida. Las características de esta modificación vienen recogidas en la presente resolución.
Cuarto. La Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad considera que la modificación descrita no supone modificación sustancial de
la Autorización Ambiental Integrada (AAI) según lo establecido en el artículo 30 del Decreto
81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por no incidir la modificación
planteada sobre la seguridad, la salud de las personas y el medio ambiente, en los aspectos
que enumera el artículo 30.3 del Decreto 81/2011.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 31.3 del
Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Miércoles, 23 de junio de 2021
31407
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga la modificación no sustancial de la autorización ambiental
integrada presentada por Isidro Araya Terraza, de la Resolución concedida en
fecha 22 de junio de 2020. (2021061891)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 1 de septiembre de 2016 tiene entrada en el Registro Único de la Junta
de Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Integrada (AAI) para la ampliación
de una explotación porcina de cebo ubicada en el término municipal de Puebla del Prior y
promovida por Isidro Araya Terraza, c/ Cerrudo, 1, 2º Izquierda, C.P 06300, Zafra (Badajoz).
Segundo. Mediante resolución de 22 de diciembre de 2020, la Dirección General de Sostenibilidad otorga AAI y da publicidad a la declaración de impacto ambiental a Isidro Araya Terraza, para la instalación de explotación porcina de engorde de cerdos, en el término municipal
de Puebla del Prior con expediente n.º AAI 16/025.
Tercero. Con fecha 7 de abril de 2021, tienen entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, modificación no sustancial de la explotación porcina, en la que se solicita la
modificación de la resolución concedida. Las características de esta modificación vienen recogidas en la presente resolución.
Cuarto. La Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica
y Sostenibilidad considera que la modificación descrita no supone modificación sustancial de
la Autorización Ambiental Integrada (AAI) según lo establecido en el artículo 30 del Decreto
81/2011, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de autorizaciones y comunicación ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por no incidir la modificación
planteada sobre la seguridad, la salud de las personas y el medio ambiente, en los aspectos
que enumera el artículo 30.3 del Decreto 81/2011.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento la Dirección
General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con el artículo 31.3 del
Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.