Consejería De Educación Y Empleo. Concurso De Méritos. (2021061926)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de plazas vacantes de Dirección, en régimen de comisión de servicios, en los Centros de Profesores y de Recursos de Extremadura.
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NÚMERO 119
Miércoles, 23 de junio de 2021
31342
e) L
as personas que hubieran ostentado una Dirección en un centro de profesores y de
recursos y que no hubieran superado la evaluación de su primer mandato, no podrán
presentarse a una nueva convocatoria hasta que trascurra un periodo de dos años de
docencia en centros educativos.
Tercera. Presentación de solicitudes y documentación.
1. Solicitudes.
a) Las personas interesadas deberán formalizar la solicitud en el modelo recogido como
anexo I. En la página web https://formacion.educarex.es/novedadessite estarán disponibles para su descarga modelos editables en formato digital de la solicitud y del anexo
IV que deben cumplimentarse.
b) En la solicitud se relacionarán, por orden de preferencia y hasta un máximo de dos, las
plazas solicitadas.
c) Para acceder a la descarga y cumplimentación de los anexos, deberán identificar el
enlace de la solicitud en el portal y cumplimentar la instancia accediendo mediante el
nombre de usuario y contraseña de la plataforma educativa Rayuela.
d) Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser impresa, firmada, registrada y presentada dentro del plazo establecido, junto con la documentación necesaria, en cualquiera
de los lugares citados en el punto siguiente.
e) L
as solicitudes irán dirigidas al Director General de Innovación e Inclusión Educativa
y podrán presentarse en la Consejería de Educación y Empleo, Centros de Atención
Administrativa, Oficinas de Respuesta Personalizada de la Junta de Extremadura o en
cualquiera de las oficinas del Registro Único de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de
18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las
funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina
de correos, se hará en sobre abierto para que esta sea fechada y sellada antes de ser
certificada.
Miércoles, 23 de junio de 2021
31342
e) L
as personas que hubieran ostentado una Dirección en un centro de profesores y de
recursos y que no hubieran superado la evaluación de su primer mandato, no podrán
presentarse a una nueva convocatoria hasta que trascurra un periodo de dos años de
docencia en centros educativos.
Tercera. Presentación de solicitudes y documentación.
1. Solicitudes.
a) Las personas interesadas deberán formalizar la solicitud en el modelo recogido como
anexo I. En la página web https://formacion.educarex.es/novedadessite estarán disponibles para su descarga modelos editables en formato digital de la solicitud y del anexo
IV que deben cumplimentarse.
b) En la solicitud se relacionarán, por orden de preferencia y hasta un máximo de dos, las
plazas solicitadas.
c) Para acceder a la descarga y cumplimentación de los anexos, deberán identificar el
enlace de la solicitud en el portal y cumplimentar la instancia accediendo mediante el
nombre de usuario y contraseña de la plataforma educativa Rayuela.
d) Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser impresa, firmada, registrada y presentada dentro del plazo establecido, junto con la documentación necesaria, en cualquiera
de los lugares citados en el punto siguiente.
e) L
as solicitudes irán dirigidas al Director General de Innovación e Inclusión Educativa
y podrán presentarse en la Consejería de Educación y Empleo, Centros de Atención
Administrativa, Oficinas de Respuesta Personalizada de la Junta de Extremadura o en
cualquiera de las oficinas del Registro Único de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, a que se refiere el artículo 7.1 del Decreto 257/2009, de
18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las
funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una oficina
de correos, se hará en sobre abierto para que esta sea fechada y sellada antes de ser
certificada.