Universidad De Extremadura. Carrera Profesional. (2021061880)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Gerencia, por la que se determina el plazo de presentación de solicitudes para el reconocimiento del Nivel Inicial y Nivel 1 de la carrera profesional horizontal del personal de Administración y Servicios en el ámbito de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 119
Miércoles, 23 de junio de 2021
31530
RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2021, de la Gerencia, por la que se determina
el plazo de presentación de solicitudes para el reconocimiento del Nivel Inicial
y Nivel 1 de la carrera profesional horizontal del personal de Administración y
Servicios en el ámbito de la Universidad de Extremadura. (2021061880)
De conformidad con la modificación operada en su momento en la Ley de la Función Pública de
Extremadura, y con arreglo a los acuerdos alcanzados en la Mesa Negociadora de la Universidad de Extremadura, se estableció en este ámbito el mismo régimen transitorio establecido
en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la implantación del nivel inicial y nivel 1 de la carrera profesional horizontal de los empleados públicos
de Administración y Servicios.
En este orden, durante los años 2009 a 2019 se han sucedido las convocatorias oportunas
estableciendo los plazos y procedimiento de solicitud de reconocimiento de nivel de carrera
profesional del personal de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura.
Excepcionalmente, durante el año 2020 se aplicó el Acuerdo entre la Universidad de Extremadura
y los sindicatos con representación en el ámbito de la misma, por el que se estableció un
procedimiento extraordinario de reconocimiento del derecho a la carrera profesional en los
mismos términos que en la Administración General de la Junta de Extremadura, que permitía
el reconocimiento (por una sola vez y de manera excepcional) los niveles II, III y IV de carrera
profesional, con base exclusivamente en el tiempo de ejercicio profesional requerido en cada
nivel.
Una vez cumplido ese procedimiento extraordinario y en tanto se establece un sistema de
evaluación del desempeño que permita el reconocimiento de Niveles II, III y IV, procede
restituir el régimen transitorio para el reconocimiento del nivel inicial y nivel I de carrera
basado únicamente en la antigüedad en la pertenencia a las distintas Escalas o Categorías
Profesionales.
Para posibilitar la extensión a los empleados públicos que hayan cumplido los requisitos el
31 de diciembre de 2020, y en virtud de las competencias asumidas por esta Gerencia en
virtud de la Resolución del Rector de 21 de marzo de 2019 (DOE de 29 de marzo) se dicta la
siguiente:
RESOLUCIÓN:
Primero. Plazo de presentación de solicitudes.
1. L
os empleados públicos que siendo funcionarios o personal laboral de la Universidad de Extremadura, sean de carrera e interinos o fijos o indefinidos no fijos y temporales, que estén
acogidos al III Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del personal funcionario
Miércoles, 23 de junio de 2021
31530
RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2021, de la Gerencia, por la que se determina
el plazo de presentación de solicitudes para el reconocimiento del Nivel Inicial
y Nivel 1 de la carrera profesional horizontal del personal de Administración y
Servicios en el ámbito de la Universidad de Extremadura. (2021061880)
De conformidad con la modificación operada en su momento en la Ley de la Función Pública de
Extremadura, y con arreglo a los acuerdos alcanzados en la Mesa Negociadora de la Universidad de Extremadura, se estableció en este ámbito el mismo régimen transitorio establecido
en la Administración General de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la implantación del nivel inicial y nivel 1 de la carrera profesional horizontal de los empleados públicos
de Administración y Servicios.
En este orden, durante los años 2009 a 2019 se han sucedido las convocatorias oportunas
estableciendo los plazos y procedimiento de solicitud de reconocimiento de nivel de carrera
profesional del personal de Administración y Servicios de la Universidad de Extremadura.
Excepcionalmente, durante el año 2020 se aplicó el Acuerdo entre la Universidad de Extremadura
y los sindicatos con representación en el ámbito de la misma, por el que se estableció un
procedimiento extraordinario de reconocimiento del derecho a la carrera profesional en los
mismos términos que en la Administración General de la Junta de Extremadura, que permitía
el reconocimiento (por una sola vez y de manera excepcional) los niveles II, III y IV de carrera
profesional, con base exclusivamente en el tiempo de ejercicio profesional requerido en cada
nivel.
Una vez cumplido ese procedimiento extraordinario y en tanto se establece un sistema de
evaluación del desempeño que permita el reconocimiento de Niveles II, III y IV, procede
restituir el régimen transitorio para el reconocimiento del nivel inicial y nivel I de carrera
basado únicamente en la antigüedad en la pertenencia a las distintas Escalas o Categorías
Profesionales.
Para posibilitar la extensión a los empleados públicos que hayan cumplido los requisitos el
31 de diciembre de 2020, y en virtud de las competencias asumidas por esta Gerencia en
virtud de la Resolución del Rector de 21 de marzo de 2019 (DOE de 29 de marzo) se dicta la
siguiente:
RESOLUCIÓN:
Primero. Plazo de presentación de solicitudes.
1. L
os empleados públicos que siendo funcionarios o personal laboral de la Universidad de Extremadura, sean de carrera e interinos o fijos o indefinidos no fijos y temporales, que estén
acogidos al III Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo del personal funcionario