Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021061840)
Resolución de 9 de junio de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa, sin convocatoria previa, a la Asociación de Mujeres Malvaluna, para la realización del proyecto "Atención integral a mujeres, en contexto de prostitución y/o en situación de especial vulnerabilidad, por el hecho de ser mujer" en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
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NÚMERO 118
Martes, 22 de junio de 2021

31221

Dicho personal no tendrán la condición de personal dependiente de la Junta de Extremadura,
ni en régimen laboral ni estatutario ni de ningún otro tipo, dependiendo orgánica de la entidad
objeto de la subvención, a quien corresponde el cumplimiento de las obligaciones laborales y
sociales que resulten de aplicación, conforme a la normativa vigente.
Quinto. Temporalización.
La ejecución de las actividades subvencionables con cargo a la presente subvención se extenderá desde el inicio de actuaciones hasta el 31 de diciembre de 2021.
Sexto. Financiación.
La cuantía de la subvención a la entidad Asociación de Mujeres Malvaluna con CIF G10124253,
asciende a 39.938,00 € (treinta y nueve mil novecientos treinta y ocho euros). Este importe se
financiará, con cargo a la aplicación presupuestaria 170010000 G/253A/48900 TE25006001,
Proyecto de Gasto 20210034, Pacto de Estado contra la violencia de género, Expediente SINCO/2021/0000001842.
Séptimo. Plazos, forma de pago de la subvención y forma de justificación.
1. E
 l régimen de pago de la subvención concedida se realizará en un único abono y tendrá el
carácter de pago anticipado, sin necesidad de garantía alguna, en los términos establecidos en el artículo 21 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
2. U
 na vez dictada la resolución de concesión, se procederá al pago de la subvención por el
100% del importe previsto en el resuelvo sexto y se efectuará mediante transferencia a la
cuenta bancaria reconocida en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura, y
previa aceptación de la subvención y de acreditación del cumplimiento de la adopción de
las medidas de publicidad exigidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas
adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura
y en el artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Además, la entidad hará constar expresamente que el proyecto
se ha financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad (Secretaría de
Estado de Igualdad), debiendo quedar de manera indubitada la financiación del proyecto
por el Pacto de Estado contra la Violencia de Género y Consejería de Igualdad y Portavocía
de la Junta de Extremadura.
Para ello, la entidad beneficiaria deberá presentar a la Consejería de Igualdad y Portavocía, en el plazo de 10 días siguientes a la notificación de la propuesta de resolución de
concesión, comunicación de aceptación de la subvención. Una vez aprobada la resolución,