Presidencia De La Junta. Agrupaciones De Entidades Locales. Ayudas. (2021061882)
Extracto de la Resolución de 7 de junio de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan, en colaboración con las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres, ayudas destinadas al fomento de agrupaciones para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención durante el ejercicio 2021.
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NÚMERO 118
Martes, 22 de junio de 2021
31145
EXTRACTO de la Resolución de 7 de junio de 2021, de la Secretaría General,
por la que se convocan, en colaboración con las Diputaciones Provinciales
de Badajoz y Cáceres, ayudas destinadas al fomento de agrupaciones para
el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención
durante el ejercicio 2021. (2021061882)
BDNS(Identif.): 570347
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b. y 20.8 a. de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de las ayudas destinadas al
fomento de agrupaciones para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaríaintervención, correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index)
y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria.
Se convocan las ayudas para el fomento de las agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención para 2021.
Segundo. Objeto.
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de las agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención,
de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante el Decreto 50/2017, de 18 de abril
(DOE n.º 78, de 25 de abril).
Tercero. Entidades beneficiarias.
1. Podrán solicitar las subvenciones reguladas en esta resolución:
a) Las agrupaciones de entidades locales constituidas para el mantenimiento en común de
un único puesto de secretaría-intervención.
b) Las entidades locales que se encuentren en proceso de constituir agrupación para el
mantenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención, que tengan
aprobados los estatutos por los respectivos plenos, y hayan remitido el correspondiente
expediente a la Dirección General de Administración Local de la Junta de Extremadura,
antes de la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes.
2. L
as entidades locales solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener cubierto el puesto de trabajo agrupado por cualquiera de las formas previstas en
los artículos 27.1, 49, 51 y 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que
Martes, 22 de junio de 2021
31145
EXTRACTO de la Resolución de 7 de junio de 2021, de la Secretaría General,
por la que se convocan, en colaboración con las Diputaciones Provinciales
de Badajoz y Cáceres, ayudas destinadas al fomento de agrupaciones para
el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención
durante el ejercicio 2021. (2021061882)
BDNS(Identif.): 570347
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b. y 20.8 a. de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de las ayudas destinadas al
fomento de agrupaciones para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaríaintervención, correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index)
y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria.
Se convocan las ayudas para el fomento de las agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención para 2021.
Segundo. Objeto.
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de las agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención,
de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante el Decreto 50/2017, de 18 de abril
(DOE n.º 78, de 25 de abril).
Tercero. Entidades beneficiarias.
1. Podrán solicitar las subvenciones reguladas en esta resolución:
a) Las agrupaciones de entidades locales constituidas para el mantenimiento en común de
un único puesto de secretaría-intervención.
b) Las entidades locales que se encuentren en proceso de constituir agrupación para el
mantenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención, que tengan
aprobados los estatutos por los respectivos plenos, y hayan remitido el correspondiente
expediente a la Dirección General de Administración Local de la Junta de Extremadura,
antes de la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes.
2. L
as entidades locales solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener cubierto el puesto de trabajo agrupado por cualquiera de las formas previstas en
los artículos 27.1, 49, 51 y 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que