Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Proyectos Empresariales De Interés Autonómico. (2021040076)
Decreto 63/2021, de 16 de junio, de creación y regulación de la Unidad de Proyectos Empresariales de Interés Autonómico, de ordenación del procedimiento para obtener la calificación de Proyecto Empresarial de Interés Autonómico y de regulación del Comité de Seguimiento de Inversiones.
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NÚMERO 118
Martes, 22 de junio de 2021
31079
4. P
ara el desarrollo de la tramitación y el ejercicio de sus funciones, la Unidad de Proyectos
Empresariales de Interés Autonómico se basará en el conjunto del personal que desempeñe sus funciones en la Consejería con competencias en materia de empresa, que prestará
apoyo técnico y administrativo a la unidad, sin perjuicio de poder contar con la colaboración
de personal especializado cuando así lo requiera la naturaleza del proyecto empresarial.
5. E
l funcionamiento de la Unidad de Proyectos Empresariales de Interés Autonómico no
implicará ningún gasto adicional para la Administración de la Comunidad Autónoma. La
asistencia a sus sesiones no originará derecho a ninguna indemnización.
6. L
a unidad ajustará su funcionamiento a lo previsto, respecto a los órganos colegiados, en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la parte del
articulado que le sea aplicable, y en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
CAPÍTULO III
Procedimiento para la obtención de la calificación de Proyecto
Empresarial de Interés Autonómico
Artículo 6. Inicio del procedimiento.
1. E
l procedimiento para determinar si un proyecto empresarial reúne las condiciones para ser
calificado como Proyecto Empresarial de Interés Autonómico se iniciará mediante solicitud
del promotor del proyecto, sin perjuicio de que cuando la Unidad de Proyectos Empresariales de Interés Autonómico tenga conocimiento de un proyecto que pudiera ser susceptible
de ser calificado como PREMIA, se dirigirá al promotor del mismo a fin de instarle a que
formule solicitud al respecto si éste lo considera procedente.
2. L
a candidatura PREMIA deberá presentarse ante la Consejería con competencias en materia de empresa, y deberá constar de la siguiente documentación:
a) Solicitud del promotor del proyecto empresarial demandando que sea considerado como
candidato a ser calificado como Proyecto Empresarial de Interés Autonómico.
b) Memoria del proyecto que deberá contener:
— Datos identificativos de las entidades o personas promotoras del proyecto.
— Descripción detallada de la actividad a realizar, de las instalaciones y de las inversiones proyectadas así como del empleo a crear.
Martes, 22 de junio de 2021
31079
4. P
ara el desarrollo de la tramitación y el ejercicio de sus funciones, la Unidad de Proyectos
Empresariales de Interés Autonómico se basará en el conjunto del personal que desempeñe sus funciones en la Consejería con competencias en materia de empresa, que prestará
apoyo técnico y administrativo a la unidad, sin perjuicio de poder contar con la colaboración
de personal especializado cuando así lo requiera la naturaleza del proyecto empresarial.
5. E
l funcionamiento de la Unidad de Proyectos Empresariales de Interés Autonómico no
implicará ningún gasto adicional para la Administración de la Comunidad Autónoma. La
asistencia a sus sesiones no originará derecho a ninguna indemnización.
6. L
a unidad ajustará su funcionamiento a lo previsto, respecto a los órganos colegiados, en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la parte del
articulado que le sea aplicable, y en la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
CAPÍTULO III
Procedimiento para la obtención de la calificación de Proyecto
Empresarial de Interés Autonómico
Artículo 6. Inicio del procedimiento.
1. E
l procedimiento para determinar si un proyecto empresarial reúne las condiciones para ser
calificado como Proyecto Empresarial de Interés Autonómico se iniciará mediante solicitud
del promotor del proyecto, sin perjuicio de que cuando la Unidad de Proyectos Empresariales de Interés Autonómico tenga conocimiento de un proyecto que pudiera ser susceptible
de ser calificado como PREMIA, se dirigirá al promotor del mismo a fin de instarle a que
formule solicitud al respecto si éste lo considera procedente.
2. L
a candidatura PREMIA deberá presentarse ante la Consejería con competencias en materia de empresa, y deberá constar de la siguiente documentación:
a) Solicitud del promotor del proyecto empresarial demandando que sea considerado como
candidato a ser calificado como Proyecto Empresarial de Interés Autonómico.
b) Memoria del proyecto que deberá contener:
— Datos identificativos de las entidades o personas promotoras del proyecto.
— Descripción detallada de la actividad a realizar, de las instalaciones y de las inversiones proyectadas así como del empleo a crear.