Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estructuras Orgánicas. (2021040074)
Decreto 61/2021, de 16 de junio, por el que se modifica el Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad.
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NÚMERO 118
Martes, 22 de junio de 2021
31051
de trabajo de personal funcionario a fin de adaptarla al contenido del presente decreto, de
acuerdo con lo dispuesto en Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y normativa reglamentaria de desarrollo.
Disposición adicional segunda. Creación y adscripción de puestos.
1. S
e crea la Unidad de Seguimiento y Control de Fondos Europeos, que se adscribe a la Secretaría General.
2. S
e crea la Unidad de Coordinación para la Transición Energética, que se adscribe a la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Disposición transitoria única. Creación efectiva y puesta en marcha y funcionamiento de los Servicios.
La creación de las Unidades contempladas en la disposición adicional segunda queda supeditada a la creación de los correspondientes puestos de trabajo a través de la correspondiente
modificación de la relación de puestos de trabajo, que necesariamente se debe llevar a cabo
de acuerdo con lo dispuesto en Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y normativa reglamentaria de desarrollo.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente decreto.
Disposición final primera. No incremento del gasto público.
La aplicación de este decreto se hará sin aumento de coste de funcionamiento de los respectivos órganos directivos y no supondrá incremento del gasto público.
Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Se autoriza a la titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública a adoptar las
medidas necesarias de asignación y redistribución de medios humanos, económicos y materiales para hacer efectiva la estructura que se establece en el presente decreto, y a tal efecto
podrá dictar las disposiciones pertinentes.
Martes, 22 de junio de 2021
31051
de trabajo de personal funcionario a fin de adaptarla al contenido del presente decreto, de
acuerdo con lo dispuesto en Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y normativa reglamentaria de desarrollo.
Disposición adicional segunda. Creación y adscripción de puestos.
1. S
e crea la Unidad de Seguimiento y Control de Fondos Europeos, que se adscribe a la Secretaría General.
2. S
e crea la Unidad de Coordinación para la Transición Energética, que se adscribe a la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
Disposición transitoria única. Creación efectiva y puesta en marcha y funcionamiento de los Servicios.
La creación de las Unidades contempladas en la disposición adicional segunda queda supeditada a la creación de los correspondientes puestos de trabajo a través de la correspondiente
modificación de la relación de puestos de trabajo, que necesariamente se debe llevar a cabo
de acuerdo con lo dispuesto en Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura y normativa reglamentaria de desarrollo.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el presente decreto.
Disposición final primera. No incremento del gasto público.
La aplicación de este decreto se hará sin aumento de coste de funcionamiento de los respectivos órganos directivos y no supondrá incremento del gasto público.
Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Se autoriza a la titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública a adoptar las
medidas necesarias de asignación y redistribución de medios humanos, económicos y materiales para hacer efectiva la estructura que se establece en el presente decreto, y a tal efecto
podrá dictar las disposiciones pertinentes.