Servicio Extremeño De Salud. Concurso De Traslados. (2021061812)
Resolución de 7 de junio de 2021, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes en la Categoría de Fisioterapeuta en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 117
Lunes, 21 de junio de 2021
30867
Novena. Cese y Toma de Posesión.
9.1. L
os concursantes que obtengan plaza deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen
dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la resolución definitiva del concurso salvo en los casos de disfrute de permiso o licencia reglamentaria, en
cuyo caso el cómputo del plazo para el cese se contará a la finalización de dicho permiso
o licencia.
9.2. E
l plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles a partir del día
del cese, si las plazas son de la misma Área de Salud; diez días hábiles, si cambia de Área
de Salud, y de un mes si implica cambio en el Servicio de Salud de destino. A estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con independencia
de que sea en condición de destino definitivo, adscripción, destino provisional o comisión
de servicio, si bien los plazos anteriormente citados no serán de aplicación en el caso de
obtener plaza en la misma institución, centro o localidad donde se presta servicios.
En el caso de que la adjudicación de plaza suponga reingreso al servicio activo, el plazo de
toma de posesión será de un mes a contar desde el día de la publicación de la resolución
definitiva.
9.3. E
xcepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el
plazo de toma de posesión tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los
correspondientes haberes con cargo a la plaza de destino.
9.4. S
e entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular, siendo declarado
en dicha situación por el Servicio de Salud en que prestaba servicios, quien no se incorpore al destino obtenido dentro de los plazos establecidos.
No obstante, si existen causas suficientemente justificadas así apreciadas por el Servicio Extremeño de Salud, previa audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha
situación. En tal caso, el interesado deberá incorporarse a su nuevo destino tan pronto
desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.
9.5. E
l Gerente de Área del Servicio Extremeño de Salud donde preste servicios el personal
estatutario que hubiera obtenido nueva plaza podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades del servicio hasta veinte días hábiles, debiendo comunicárselo a la Gerencia de
Área a que ha sido destinado y a la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos
Generales del Servicio Extremeño de Salud.
Excepcionalmente, a propuesta de la Gerencia de Área del Servicio Extremeño de Salud
donde venga prestando servicios el personal estatutario y siempre que sea por exigen-
Lunes, 21 de junio de 2021
30867
Novena. Cese y Toma de Posesión.
9.1. L
os concursantes que obtengan plaza deberán cesar en la que, en su caso, desempeñen
dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la resolución definitiva del concurso salvo en los casos de disfrute de permiso o licencia reglamentaria, en
cuyo caso el cómputo del plazo para el cese se contará a la finalización de dicho permiso
o licencia.
9.2. E
l plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles a partir del día
del cese, si las plazas son de la misma Área de Salud; diez días hábiles, si cambia de Área
de Salud, y de un mes si implica cambio en el Servicio de Salud de destino. A estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con independencia
de que sea en condición de destino definitivo, adscripción, destino provisional o comisión
de servicio, si bien los plazos anteriormente citados no serán de aplicación en el caso de
obtener plaza en la misma institución, centro o localidad donde se presta servicios.
En el caso de que la adjudicación de plaza suponga reingreso al servicio activo, el plazo de
toma de posesión será de un mes a contar desde el día de la publicación de la resolución
definitiva.
9.3. E
xcepto cuando la resolución del concurso implique el reingreso al servicio activo, el
plazo de toma de posesión tendrá la consideración de servicio activo, percibiéndose los
correspondientes haberes con cargo a la plaza de destino.
9.4. S
e entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular, siendo declarado
en dicha situación por el Servicio de Salud en que prestaba servicios, quien no se incorpore al destino obtenido dentro de los plazos establecidos.
No obstante, si existen causas suficientemente justificadas así apreciadas por el Servicio Extremeño de Salud, previa audiencia del interesado, podrá dejarse sin efecto dicha
situación. En tal caso, el interesado deberá incorporarse a su nuevo destino tan pronto
desaparezcan las causas que en su momento lo impidieron.
9.5. E
l Gerente de Área del Servicio Extremeño de Salud donde preste servicios el personal
estatutario que hubiera obtenido nueva plaza podrá, no obstante, diferir el cese por necesidades del servicio hasta veinte días hábiles, debiendo comunicárselo a la Gerencia de
Área a que ha sido destinado y a la Dirección General de Recursos Humanos y Asuntos
Generales del Servicio Extremeño de Salud.
Excepcionalmente, a propuesta de la Gerencia de Área del Servicio Extremeño de Salud
donde venga prestando servicios el personal estatutario y siempre que sea por exigen-