Consejería De Educación Y Empleo. Enseñanza No Universitaria. Premios. (2021061850)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2019/2020.
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NÚMERO 117
Lunes, 21 de junio de 2021
30977
Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los miembros de la comisión de valoración
estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 23 y 24
de dicha ley.
2. L
a presidencia de la comisión será responsable del riguroso mantenimiento del anonimato
de las personas participantes hasta que se hayan obtenido las calificaciones de la prueba.
3. L
a evaluación de las pruebas se efectuará conforme a los criterios de la normativa educativa vigente.
4. L
os premios se concederán según la nota media obtenida en los cuatro ejercicios. Dicha
nota será la media aritmética de la puntuación obtenida en dichos ejercicios, con dos decimales. En el supuesto de empate, la comisión tendrá en cuenta, en primer lugar, la nota
media obtenida por el alumnado participante en el conjunto de la etapa y, en segundo
lugar, la nota media del segundo curso.
5. L
a comisión de valoración elaborará la relación provisional con las calificaciones obtenidas
por el alumnado candidato cuyas pruebas haya evaluado y la publicará, antes del 31 de
julio, en el Portal Educativo Extremeño (Educarex) para que, en el plazo de 10 días, dicho
alumnado pueda presentar las reclamaciones que considere oportunas. Una vez atendidas
estas, la comisión publicará en el mismo lugar la relación definitiva. Las reclamaciones desestimadas serán notificadas a las personas interesadas con indicación del motivo.
6. L
a comisión, atendidas las alegaciones, remitirá, antes del 15 de septiembre, el informe
vinculante sobre el que se elaborará la propuesta definitiva de adjudicación, acompañada
de las actas de calificación correspondientes, al Servicio de Coordinación Educativa de la
Secretaría General de Educación.
Octavo. Resolución y notificación.
a) El Servicio de Coordinación Educativa elevará propuesta definitiva de resolución a tenor del
informe vinculante realizado por la comisión de valoración, al Secretario General de Educación, para su resolución. Asimismo, enviará al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
la relación del alumnado premiado, con expresión de su titulación.
b) La resolución de concesión deberá de ser dictada, notificada al alumnado premiado y publicada en el Diario Oficial de Extremadura en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resolución
se podrá entender desestimada la solicitud.
c) Además de la dotación en metálico de cada premio, el alumnado que obtenga premio extraordinario de Bachillerato recibirá un diploma acreditativo.
Lunes, 21 de junio de 2021
30977
Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los miembros de la comisión de valoración
estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los artículos 23 y 24
de dicha ley.
2. L
a presidencia de la comisión será responsable del riguroso mantenimiento del anonimato
de las personas participantes hasta que se hayan obtenido las calificaciones de la prueba.
3. L
a evaluación de las pruebas se efectuará conforme a los criterios de la normativa educativa vigente.
4. L
os premios se concederán según la nota media obtenida en los cuatro ejercicios. Dicha
nota será la media aritmética de la puntuación obtenida en dichos ejercicios, con dos decimales. En el supuesto de empate, la comisión tendrá en cuenta, en primer lugar, la nota
media obtenida por el alumnado participante en el conjunto de la etapa y, en segundo
lugar, la nota media del segundo curso.
5. L
a comisión de valoración elaborará la relación provisional con las calificaciones obtenidas
por el alumnado candidato cuyas pruebas haya evaluado y la publicará, antes del 31 de
julio, en el Portal Educativo Extremeño (Educarex) para que, en el plazo de 10 días, dicho
alumnado pueda presentar las reclamaciones que considere oportunas. Una vez atendidas
estas, la comisión publicará en el mismo lugar la relación definitiva. Las reclamaciones desestimadas serán notificadas a las personas interesadas con indicación del motivo.
6. L
a comisión, atendidas las alegaciones, remitirá, antes del 15 de septiembre, el informe
vinculante sobre el que se elaborará la propuesta definitiva de adjudicación, acompañada
de las actas de calificación correspondientes, al Servicio de Coordinación Educativa de la
Secretaría General de Educación.
Octavo. Resolución y notificación.
a) El Servicio de Coordinación Educativa elevará propuesta definitiva de resolución a tenor del
informe vinculante realizado por la comisión de valoración, al Secretario General de Educación, para su resolución. Asimismo, enviará al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
la relación del alumnado premiado, con expresión de su titulación.
b) La resolución de concesión deberá de ser dictada, notificada al alumnado premiado y publicada en el Diario Oficial de Extremadura en el plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resolución
se podrá entender desestimada la solicitud.
c) Además de la dotación en metálico de cada premio, el alumnado que obtenga premio extraordinario de Bachillerato recibirá un diploma acreditativo.